{"id":31,"date":"2016-01-30T21:43:34","date_gmt":"2016-01-30T20:43:34","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.hoy.es\/alderechoyalreves\/?p=31"},"modified":"2016-01-30T21:43:34","modified_gmt":"2016-01-30T20:43:34","slug":"medidas-legales-contra-el-ruido","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.hoy.es\/alderechoyalreves\/2016\/01\/30\/medidas-legales-contra-el-ruido\/","title":{"rendered":"MEDIDAS LEGALES CONTRA EL RUIDO"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: left;\"><a href=\"\/alderechoyalreves\/wp-content\/uploads\/sites\/113\/2016\/01\/loud-speaker-310849_1280.png\"><img loading=\"lazy\" class=\"aligncenter size-medium wp-image-32\" title=\"loud-speaker-310849_1280\" src=\"\/alderechoyalreves\/wp-content\/uploads\/sites\/113\/2016\/01\/loud-speaker-310849_1280.png\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"300\" srcset=\"https:\/\/static-blogs.hoy.es\/wp-content\/uploads\/sites\/113\/2016\/01\/loud-speaker-310849_1280.png 1280w, https:\/\/static-blogs.hoy.es\/wp-content\/uploads\/sites\/113\/2016\/01\/loud-speaker-310849_1280-150x150.png 150w, https:\/\/static-blogs.hoy.es\/wp-content\/uploads\/sites\/113\/2016\/01\/loud-speaker-310849_1280-300x300.png 300w, https:\/\/static-blogs.hoy.es\/wp-content\/uploads\/sites\/113\/2016\/01\/loud-speaker-310849_1280-768x768.png 768w, https:\/\/static-blogs.hoy.es\/wp-content\/uploads\/sites\/113\/2016\/01\/loud-speaker-310849_1280-1024x1024.png 1024w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a><\/p>\n<p>Me escribe un atento lector para pedirme que aborde qu\u00e9 medidas legales amparan a los ciudadanos frente al ruido. Por lo pronto, es forzoso hacer algunas consideraciones: primero, que <strong>Espa\u00f1a es uno de los pa\u00edses m\u00e1s ruidosos del mundo<\/strong>; segundo, que el ruido <strong>es uno de los principales problemas de contaminaci\u00f3n que se producen sobre todo en las urbes<\/strong>; y tercero, <strong>que afecta a derechos b\u00e1sicos de los ciudadanos<\/strong>, toda vez que perjudica a la salud f\u00edsica y ps\u00edquica, a la calidad de vida, a la esfera patrimonial (mengua el valor de los bienes afectados por este), a la tranquilidad, a intimidad domiciliaria, etc.<\/p>\n<p>Cuando un ciudadano se halla afectado por una contaminaci\u00f3n ac\u00fastica que no es l\u00edcito soportar <strong>el principal problema que se plantea es la prueba<\/strong>. Para ello, lo primero que debemos hacer es dirigirnos (siempre por escrito) contra el agente causante, ya sea un vecino, ya sea una industria pr\u00f3xima a nuestro domicilio, por ejemplo; si se trata de un particular, el siguiente paso es requerir a la comunidad de vecinos; si las molestias no cesan, es aconsejable avisar a la polic\u00eda local y poner los hechos en conocimiento del Ayuntamiento para que haga cumplir las ordenanzas municipales; si todo lo anterior resulta infructuoso debemos valernos de profesionales para que hagan las mediciones pertinentes, realizar grabaciones, acudir al m\u00e9dico para acreditar la afectaci\u00f3n psico-f\u00edsica e incluso levantar acta notarial, con la finalidad de llegar al subsiguiente procedimiento judicial con garant\u00edas de \u00e9xito.<\/p>\n<p>En este punto es preciso preguntarse <strong>qu\u00e9 v\u00edas judiciales caben contra la persona o entidad que por acci\u00f3n u omisi\u00f3n perturba nuestro sosiego<\/strong>.<\/p>\n<p><strong>1.-<\/strong> <strong>Queja ante el Defensor del Pueblo<\/strong>: no es propiamente una v\u00eda judicial, pero s\u00ed puede tener un efecto disuasorio importante, pues esta instituci\u00f3n puede formular a las autoridades competentes advertencias, recomendaciones, recordatorios de sus deberes legales y sugerencias. Aunque no sean vinculantes, los requeridos vienen obligados a darle una contestaci\u00f3n fundada en el plazo de un mes.<\/p>\n<p><strong>2.- V\u00eda penal<\/strong>: \u00fanicamente para los casos m\u00e1s graves. Un ruido persistente puede ser constitutivo de sendos delitos contra el medio ambiente y de lesiones. El procedimiento comienza con un escrito de denuncia ante el juzgado o la fiscal\u00eda. Se puede reclamar, adem\u00e1s, una indemnizaci\u00f3n cuya cuant\u00eda variar\u00e1 en funci\u00f3n de la gravedad de los hechos.<\/p>\n<p><strong>3.- V\u00eda civil<\/strong>: se pueden dar diversos supuestos. El m\u00e1s habitual es la reclamaci\u00f3n de da\u00f1os y perjuicios. Pero tambi\u00e9n, si es por deficiencias constructivas, el afectado puede dirigirse contra los agentes intervinientes en la construcci\u00f3n; si es un vecino, la propia comunidad de propietarios puede pedir la cesaci\u00f3n y aun la privaci\u00f3n temporal del uso de la vivienda; y se trata de una vivienda alquilada, puede resolverse el contrato.<\/p>\n<p><strong>4.- V\u00eda contencioso administrativa<\/strong>: en los casos de inactividad del Ayuntamiento, pues no olvidemos que a la Corporaci\u00f3n corresponde la vigilancia, control y disciplina de la contaminaci\u00f3n ac\u00fastica en relaci\u00f3n con las actuaciones p\u00fablicas o privadas.<\/p>\n<p><strong>5.- V\u00eda laboral<\/strong>: contra el empresario que en el desempe\u00f1o de la actividad laboral no cumpla con su obligaci\u00f3n de proteger la salud y seguridad de los trabajadores.<\/p>\n<p>Como siempre en este blog apelamos al sentido com\u00fan: no es lo mismo el llanto de un reci\u00e9n nacido a las 3 de la ma\u00f1ana porque tiene hambre, que un vecino que a horas intempestivas pone la televisi\u00f3n a un volumen insoportable, o el supuesto de un bar que sistem\u00e1ticamente perturba el descanso de los habitantes de las viviendas cercanas.<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Me escribe un atento lector para pedirme que aborde qu\u00e9 medidas legales amparan a los ciudadanos frente al ruido. 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