{"id":64,"date":"2016-05-21T11:01:50","date_gmt":"2016-05-21T09:01:50","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.hoy.es\/alderechoyalreves\/?p=64"},"modified":"2016-05-21T11:01:50","modified_gmt":"2016-05-21T09:01:50","slug":"uso-y-colocacion-de-banderas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.hoy.es\/alderechoyalreves\/2016\/05\/21\/uso-y-colocacion-de-banderas\/","title":{"rendered":"USO Y COLOCACI\u00d3N DE BANDERAS"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"\/alderechoyalreves\/wp-content\/uploads\/sites\/113\/2016\/05\/esteladas5.jpg\"><img loading=\"lazy\" class=\"alignleft size-medium wp-image-65\" title=\"esteladas5\" src=\"\/alderechoyalreves\/wp-content\/uploads\/sites\/113\/2016\/05\/esteladas5.jpg\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"175\" srcset=\"https:\/\/static-blogs.hoy.es\/wp-content\/uploads\/sites\/113\/2016\/05\/esteladas5.jpg 633w, https:\/\/static-blogs.hoy.es\/wp-content\/uploads\/sites\/113\/2016\/05\/esteladas5-300x175.jpg 300w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a><\/p>\n<p>Con motivo de la pol\u00e9mica surgida por la prohibici\u00f3n de la <em>estelada<\/em> en la final de la Copa del Rey de f\u00fatbol por la Delegaci\u00f3n del Gobierno de Madrid y la posterior revocaci\u00f3n del acuerdo por los tribunales, considero procedente y de inter\u00e9s aclarar algunas cuestiones al respecto, aunque me extienda m\u00e1s de lo habitual.<\/p>\n<p>Veamos la normativa aplicable a las banderas de uso m\u00e1s com\u00fan, posteriormente su correcta colocaci\u00f3n y, para terminar, dedicar\u00e9 unas l\u00edneas a la controversia de la <em>estelada<\/em>.<\/p>\n<p><strong>1.- Bandera nacional<\/strong><\/p>\n<p>Nuestra Constituci\u00f3n (CE), en su art\u00edculo 4.1., dispone que \u201cLa bandera de Espa\u00f1a est\u00e1 formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas\u201d. Por su parte, la Ley 39\/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de Espa\u00f1a y el de otras banderas y ense\u00f1as, dispone que <strong>deber\u00e1 ondear en el exterior y ocupar el lugar preferente en el interior <\/strong>de todos los edificios y establecimientos de la Administraci\u00f3n central, institucional, auton\u00f3mica, provincial o insular y municipal del Estado.<\/p>\n<p><strong>Ser\u00e1 la \u00fanica que se exhiba en estos sitios<\/strong>:<\/p>\n<p>a) Las sedes de los \u00f3rganos constitucionales del Estado y en la de los \u00f3rganos centrales de la Administraci\u00f3n del Estado.<\/p>\n<p>b) Los edificios p\u00fablicos militares y en los acuartelamientos, buques, aeronaves y cualesquiera otros establecimientos de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad del Estado.<\/p>\n<p>c) Los locales de las misiones diplom\u00e1ticas y de las oficinas consulares, en las residencias de sus jefes y, en su caso, en sus medios de transporte oficial.<\/p>\n<p>d) Las embarcaciones y buques espa\u00f1oles.<\/p>\n<p><strong>2.- Banderas auton\u00f3micas<\/strong><\/p>\n<p>El art\u00edculo 4.2 CE precept\u00faa que \u201cLos Estatutos podr\u00e1n reconocer banderas y ense\u00f1as propias de las Comunidades Aut\u00f3nomas. Estas se utilizar\u00e1n junto a la bandera de Espa\u00f1a en sus edificios p\u00fablicos y en sus actos oficiales\u201d. En la actualidad, todas las comunidades y ciudades Aut\u00f3nomas (Ceuta y Melilla) disponen de su propia bandera.<\/p>\n<p>Estas banderas se utilizar\u00e1n, juntamente con la bandera de Espa\u00f1a, en todos los edificios p\u00fablicos civiles del \u00e1mbito territorial de aqu\u00e9lla.<\/p>\n<p><strong>3.- Banderas de Ayuntamientos, Diputaciones u otras corporaciones p\u00fablicas<\/strong><\/p>\n<p>Tambi\u00e9n deber\u00e1n exhibirse junto con la insignia nacional.<\/p>\n<p><strong>4.- Bandera de la Uni\u00f3n Europea<\/strong><\/p>\n<p>Aunque es com\u00fan verla ondear en edificios p\u00fablicos y en las fronteras exteriores de la Uni\u00f3n Europea, <strong>su uso no est\u00e1 legislado y la propia UE da libertad a los Estados miembros acerca de su utilizaci\u00f3n<\/strong>. No obstante, la Comisi\u00f3n Europea recomienda izarla en un lugar especial en los edificios p\u00fablicos, fuera de la ordenaci\u00f3n de las banderas oficiales, los d\u00edas 25 de marzo (aniversario de la firma del tratado de Roma) y el 9 de mayo (D\u00eda de Europa), as\u00ed como en actos de car\u00e1cter europe\u00edsta.<\/p>\n<p>Entremos a continuaci\u00f3n a exponer <strong>la colocaci\u00f3n de las banderas seg\u00fan el protocolo oficial<\/strong>, si bien es preceptivo subrayar que <strong>la bandera de Espa\u00f1a ocupar\u00e1 lugar preeminente y de m\u00e1ximo honor y las restantes no podr\u00e1n tener mayor tama\u00f1o<\/strong>.<\/p>\n<p>Dicho esto, debemos determinar qu\u00e9 se entiende por lugar preeminente y de m\u00e1ximo honor:<\/p>\n<p>1.- Cuando el n\u00famero de banderas que ondeen juntas sea <strong>impar<\/strong>, ocupar\u00e1 la posici\u00f3n central.<\/p>\n<p>2.- Si el n\u00famero de banderas que ondeen juntas es <strong>par<\/strong>, de las dos posiciones que ocupan el centro ocupar\u00e1 la de la derecha de la presidencia si la hubiere o la izquierda del observador.<\/p>\n<p>3.- Cuando deba ondear junto a la de <strong>otros Estados o naciones<\/strong> lo har\u00e1 de acuerdo con las normas y usos internacionales que rigen esta materia en las relaciones entre Estados.<\/p>\n<p>No quiero rehuir <strong>la pol\u00e9mica de la <em>estelada<\/em><\/strong>. Es preciso apuntar que <strong>no se trata de una bandera ilegal, pero tampoco oficial<\/strong>; por tanto, no es l\u00edcito que ondee en cualquiera de los sitios que prev\u00e9 el protocolo oficial para el uso de banderas. Un campo de f\u00fatbol, por su parte, ni es un acto oficial ni un edificio p\u00fablico. Pero para afinar un poco m\u00e1s, vamos a distinguir su uso en campos balomp\u00e9dicos en competiciones europeas y espa\u00f1olas:<\/p>\n<p><strong>1.- Competiciones europeas<\/strong>: la normativa de la UEFA es clara al respecto y el articulo 16 de su Reglamento Disciplinario determina que est\u00e1n prohibidos el uso de mensajes que no sean adecuados para un encuentro deportivo, y particularmente los de car\u00e1cter pol\u00edtico, y la <em>estelada<\/em> lo es, de ah\u00ed que el FC Barcelona haya sido sancionado por su exhibici\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>2.- Competiciones espa\u00f1olas<\/strong>: la Ley 19\/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte establece en su art\u00edculo 6.1, apartado b), que queda prohibido \u201cIntroducir, exhibir o elaborar pancartas, banderas, s\u00edmbolos u otras se\u00f1ales con mensajes que inciten a la violencia o en cuya virtud una persona o grupo de ellas sea amenazada, insultada o vejada por raz\u00f3n de su origen racial o \u00e9tnico, su religi\u00f3n o convicciones, su discapacidad, edad, sexo o la orientaci\u00f3n sexual\u201d.<\/p>\n<p>\u00bfEs el caso de la <em>estelada<\/em>? Evidentemente, no; en consecuencia, <strong>su uso queda amparado por los derechos a la libertad de expresi\u00f3n e ideol\u00f3gica<\/strong> que consagra nuestra CE.<\/p>\n<p>Cuesti\u00f3n distinta es que muchos espa\u00f1oles nos sintamos inc\u00f3modos e incluso indignados por la exhibici\u00f3n de banderas independentistas en competiciones deportivas, cuya esencia es mantenerse ajenas a cuestiones extradeportivas, como son las pol\u00edticas y las partidistas.<\/p>\n<p>Y es que, ciertamente, <strong>no deja de ser preocupante tanto la politizaci\u00f3n del f\u00fatbol como la \u2018futbolizaci\u00f3n\u2019 de la pol\u00edtica<\/strong>.<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Con motivo de la pol\u00e9mica surgida por la prohibici\u00f3n de la estelada en la final de la Copa del Rey de f\u00fatbol por la Delegaci\u00f3n del Gobierno de Madrid y la posterior revocaci\u00f3n del acuerdo por los tribunales, considero procedente y de inter\u00e9s aclarar algunas cuestiones al respecto, aunque me extienda m\u00e1s de lo habitual. 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