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	<title>La regulación urgente y extraordinaria de las sequías no es apropiada | Blog de Cultura Científica de la UEx - Blogs hoy.es</title>
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	<description>Trabajo en el Servicio de Difusión de la Cultura Científica de la Universidad de Extremadura, cuyas misiones principales son comunicar la I+D+i que genera la UEx y organizar actividades de divulgación científica. Nuestros proyectos tienen la finalidad de acercar la ciencia y la tecnología a la sociedad en general. A través de este blog pretendo compartir el conocimiento, las experiencias y la investigación que llevan a cabo los investigadores de la Universidad, y promover un espacio de encuentro y opiniones que contribuya a fomentar la cultura científica, porque la Ciencia también es Cultura</description>
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		<title>La regulación urgente y extraordinaria de las sequías no es apropiada | Blog de Cultura Científica de la UEx - Blogs hoy.es</title>
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		<pubDate>Thu, 07 Jun 2012 07:55:06 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Marta Fallola</dc:creator>
		                		<category><![CDATA[cultura científica]]></category>
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		<description><![CDATA[  La sequía es una característica normal y estructural de nuestro clima, por tanto, su regulación a través de normas jurídicas excepcionales y de urgencia no está justificada. Una de las funciones del ordenamiento jurídico es proporcionar seguridad y estabilidad a largo plazo en el empleo de los recursos naturales, promoviendo una gestión racional y [&#8230;]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!DOCTYPE html PUBLIC "-//W3C//DTD HTML 4.0 Transitional//EN" "http://www.w3.org/TR/REC-html40/loose.dtd">
<html><head><meta http-equiv="content-type" content="text/html; charset=utf-8"></head><body><div id="attachment_32" style="width: 480px" class="wp-caption aligncenter"><a href="/culturacientifica/wp-content/uploads/sites/26/2012/06/campo-seco.jpg"><img aria-describedby="caption-attachment-32" class="size-full wp-image-32" title="Encinas centenarias arrancadas en Extremadura." src="/culturacientifica/wp-content/uploads/sites/26/2012/06/campo-seco.jpg" alt="" width="470" height="293" srcset="https://static-blogs.hoy.es/wp-content/uploads/sites/26/2012/06/campo-seco.jpg 470w, https://static-blogs.hoy.es/wp-content/uploads/sites/26/2012/06/campo-seco-300x187.jpg 300w" sizes="(max-width: 470px) 100vw, 470px"></a><p id="caption-attachment-32" class="wp-caption-text">Encinas centenarias arrancadas en Extremadura.</p></div>
<p> </p>
<p>La<strong> sequía es una característica normal y estructural de nuestro clima</strong>, por tanto, su regulación a través de normas jurídicas excepcionales y de urgencia no está justificada.</p>
<div class="voc-advertising voc-adver-inter-text hidden-md hidden-lg voc-adver-blogs-entries"></div><p><strong>Una de las funciones del ordenamiento jurídico es proporcionar seguridad y estabilidad a largo plazo en el empleo de los recursos naturales</strong>, promoviendo una gestión racional y eficiente. Para ello, <strong>es fundamental que la legislación se inspire y encuentre su motivación en aquellos aspectos que gozan de amplio consenso científico</strong>. En el caso concreto de la sequía, <strong>la simbiosis entre el concepto legal y científico no es completa</strong>.</p>
<p>De acuerdo con el artículo publicado en la <a href="http://www.iagua.es/sites/default/files/R%C3%A9gimen%20jur%C3%ADdico%20sequ%C3%ADas.pdf" rel="external nofollow"><strong>Revista de Administración Pública</strong></a> por el profesor <strong>Pedro Brufao</strong> <strong>Curiel</strong> del área de Derecho Administrativo de la <a href="www.unex.es">UEx</a>, <strong>la comunidad científica considera la sequía como normal y consustancial en muchos de los climas del planeta</strong>, entre ellos los propios del territorio español, incluso de la llamada España húmeda. Así lo avalan estudios promovidos por la<a href="http://www.rac.es/0/0_1.php" rel="external nofollow"> Real Academia de Ciencias Exactas y Naturales</a> y la <a href="http://www.fundacionbotin.org/" rel="external nofollow">Fundación Marcelino Botín</a>, dirigida por el experto <strong>Manuel Ramón Llamas Madurga</strong>.</p>
<p>A pesar de no existir un concepto unívoco de sequía (meteorológica, hidrológica, agrícola e incluso psicológica),  existe <strong>acuerdo científico sobre el carácter propio y recurrente</strong> en el clima mediterráneo y atlántico, es decir, <strong>la sequía es una característica “normal”</strong>.</p>
<div class="voc-advertising voc-adver-inter-text hidden-md hidden-lg voc-advertising-mobile-ready"></div><p>Su <strong>carácter cíclico</strong> sí varía <strong>según el lugar geográfico</strong>.  Sin embargo, el autor critica la <strong>práctica frecuente de la administración pública de regular las sequías a través de decretos leyes destinados a reglamentar situaciones anormales</strong> y excepcionales. <strong>Si la sequía no es una situación extraordinaria su regulación por medidas de urgencia no está justificada</strong>. De acuerdo con Pedro Brufao “<strong>las sequías se tratan de manera excepcional y acientífica</strong>, lo que promueve <strong>resultados de ineficacia y despilfarro de recursos públicos</strong>, así como de no pocos casos de <strong>irregularidades y corruptelas</strong>”. Numerosas obras públicas e infraestructuras se han llevado a cabo al amparo de estos decretos leyes.</p>
<p>Por cuestiones históricas <strong>nuestro derecho de aguas se basa en la satisfacción del consumo</strong>, no de la demanda.  Las conclusiones del estudio sostienen la promoción de <strong>una gestión de la demanda que integre el coste real del agua, la eliminación de los cultivos ilegales y de todos aquellos regadíos ineficientes</strong>.</p>
<p><strong>La inclusión en el precio del coste real del agua, los costes ambientales y el control de los consumos ilegales actuaría como motor de eficiencia</strong>. Son n<strong>ecesarios a su vez, planes de gestión de la sequía a largo plazo</strong> que dispongan medidas preventivas y de adaptación. Los planes actuales especiales de actuación en situaciones de alerta y eventual sequía (PES) no integran lo suficiente medidas preventivas, ya que se aplican cuando estamos en fase de pre-alerta.</p>
<p><strong>La buena gestión de las aguas subterráneas</strong> es otra asignatura pendiente. De acuerdo con los datos de la <a href="http://www.fundacionbotin.org/" target="_blank" rel="external nofollow">Fundación Marcelino Botín</a> <strong>el uso de las aguas subterráneas cuadriplica la eficiencia de las aguas superficiales públicas</strong>. Con una misma unidad de agua se produce cuatro o cinco veces más de producción y además son más baratas. No obstante, <strong>el profesor Brufao </strong> pone de manifiesto el <strong>escaso control de las aguas subterráneas</strong>. A título de ejemplo, el <a href="http://www.wwf.es/" target="_blank" rel="external nofollow"><strong>WWF</strong></a> denunciaba en junio de 2011 la existencia de unos <strong>2.000 pozos ilegales en Doñana</strong>, frente a 550 legales. <strong>El uso ilegal del agua en Doñana consume el 90% de la recarga de los acuíferos que nutren los arroyos y el humedal</strong>. Según el informe “<a href="spain.panda.org/downloads/uso_ilegal_del_agua_mayo06.pdf" target="_blank">El uso ilegal del agua en España. Causas, efectos y soluciones”</a>,  del Fondo Mundial de la Naturaleza, WWF, (2006), <strong>en la cuenca del Tajo, solo en la provincia de Madrid, la propia Confederación Hidrográfica estimaba en 18.600 los pozos ilegales</strong>, frente a los 4.400 en regla.</p>
<p>Por su parte, la <a href="http://europa.eu/legislation_summaries/agriculture/environment/l28002b_es.htm" target="_blank" rel="external nofollow"><strong>Directiva Marco del Agua</strong> (DMA)</a> <strong>trata las sequías excepcionales cuando son muy graves</strong> y obliga a los estados a realizar planes de gestión hidráulica de acuerdo con las características naturales de los ecosistemas para lograr un buen estado ecológica de las aguas.  <strong>Pedro Brufao subraya que la última sequía grave entre 2007 y 2009 no conllevó problemas de abastecimiento</strong>, y se respetaron las excepciones europeas para los cumplimientos de los niveles de contaminación, biodiversidad y buen estado ecológico de las aguas.</p>
<p><strong>“Con buenos planes de gestión de la demanda y de las aguas subterráneas, las sequías dejarían de ser una fatalidad”</strong>, puntualiza Pedro Brufao, que concluye “<strong>hay que adaptarse a las sequías con criterios de eficiencia, legalidad y transparencia”</strong>.</p>
<p>En este sentido,  <strong>es criticable también el papel de los medios de comunicación por sus informaciones alarmistas, parciales e incompletas de las sequías,</strong> sólo proporcionan datos de las aguas superficiales, sin tener en cuenta otras variables como el <strong>mercado diario de la energía hidroeléctrica y la excesiva capacidad de muchos pantanos</strong>.</p>
<p>El artículo completo se encuentra disponible en el siguiente enlace:<a href="http://www.iagua.es/noticias/legislacion/12/05/03/el-regimen-juridico-de-las-sequias-por-pedro-brufao-curiel-16650" rel="external nofollow"> http://www.iagua.es/noticias/legislacion/12/05/03/el-regimen-juridico-de-las-sequias-por-pedro-brufao-curiel-16650  </a></p>
<p> </p>
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