{"id":57,"date":"2012-10-31T07:37:40","date_gmt":"2012-10-31T07:37:40","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.hoy.es\/culturacientifica\/?p=57"},"modified":"2012-10-31T07:37:40","modified_gmt":"2012-10-31T07:37:40","slug":"especies-exoticas-invasoras-principal-amenaza-de-la-biodiversidad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.hoy.es\/culturacientifica\/2012\/10\/31\/especies-exoticas-invasoras-principal-amenaza-de-la-biodiversidad\/","title":{"rendered":"Especies ex\u00f3ticas invasoras, principal amenaza de la biodiversidad"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"\/culturacientifica\/wp-content\/uploads\/sites\/26\/2012\/10\/rio-guadiana.jpg\"><img loading=\"lazy\" class=\"alignright size-full wp-image-58\" title=\"rio guadiana\" src=\"\/culturacientifica\/wp-content\/uploads\/sites\/26\/2012\/10\/rio-guadiana.jpg\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"224\" \/><\/a>Las especies ex\u00f3ticas invasoras (EEI en adelante) constituyen, seg\u00fan el Programa <a href=\"http:\/\/www.pnuma.org\/\" rel=\"external nofollow\">de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente<\/a>, la segunda amenaza m\u00e1s grave para la biodiversidad, siendo los ecosistemas acu\u00e1ticos los m\u00e1s afectados ya que su control es m\u00e1s dif\u00edcil. El conjunto normativo que se aplica en Espa\u00f1a es <strong>coherente<\/strong> y postula la protecci\u00f3n de la biodiversidad aut\u00f3ctona como criterio preferente. \u201cEl <strong>principio de\u00a0 precauci\u00f3n<\/strong> blinda la protecci\u00f3n jur\u00eddica de las especies aut\u00f3ctonas frente a las al\u00f3ctonas o for\u00e1neas que provienen de otro ecosistema\u201d, afirma Pedro Brufao, catedr\u00e1tico de Escuela Universitaria interino de Derecho Administrativo de la UEx y especialista en derecho ambiental.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La coherencia de nuestro sistema jur\u00eddico es una de las principales conclusiones del estudio realizado por Brufao sobre la normativa jur\u00eddica aplicable a las EEI. En primer lugar, hay que prevenir la entrada de estas especies. Una vez detectadas en el ecosistema, el siguiente paso fundamental es erradicarlas inmediatamente y, por \u00faltimo, si falla la erradicaci\u00f3n se procede a minimizar el impacto de estas especies. La cuesti\u00f3n fundamental es qu\u00e9 especies se incluyen o \u00a0no en determinados cat\u00e1logos y listados, y la actuaci\u00f3n de las administraciones y los particulares.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La <strong>obligaci\u00f3n de elaborar cat\u00e1logos<\/strong> de EEI tiene su origen en el derecho internacional. <a href=\"http:\/\/www.cbdcop11india.in\/home.html\" rel=\"external nofollow\">La 10\u00aa Conferencia de las Partes del Convenio sobre Diversidad Biol\u00f3gica (CDB)<\/a> adopt\u00f3 el <a href=\"http:\/\/www.cbd.int\/doc\/strategic-plan\/2011-2020\/aichi-targets-es.pdf\" rel=\"external nofollow\"><strong>Plan Estrat\u00e9gico para la Biodiversidad 2011-2020<\/strong>,<\/a> con el objetivo de que en el a\u00f1o 2020 \u201cse habr\u00e1n identificado y priorizado las especies ex\u00f3ticas invasoras y v\u00edas de introducci\u00f3n\u201d y adem\u00e1s \u201cse habr\u00e1n establecido medidas para gestionar las v\u00edas de introducci\u00f3n a fin de evitar su introducci\u00f3n y establecimiento\u201d.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El <a href=\"http:\/\/ec.europa.eu\/environment\/nature\/index_en.htm\" rel=\"external nofollow\"><strong>derecho comunitario<\/strong><\/a>, por su parte, presenta uno de los modelos m\u00e1s avanzados a nivel mundial de la protecci\u00f3n jur\u00eddica de la biodiversidad, seg\u00fan se\u00f1ala el investigador. Las cifras justifican la regulaci\u00f3n, la Comisi\u00f3n Europea estimaba en 2008 los <strong>costes anuales<\/strong> ocasionados por las especies invasoras en Europa <strong>entre 9.600 millones de euros y 12.700 millones de euros<\/strong>. La comunicaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Europea \u201c<a href=\"http:\/\/ec.europa.eu\/environment\/nature\/biodiversity\/comm2006\/pdf\/2020\/comm_2011_244\/1_ES_ACT_part1_v2.pdf\" rel=\"external nofollow\"><strong>Estrategia<\/strong><strong> de la UE sobre biodiversidad hasta el 2020:<\/strong><strong> Nuestro seguro de vida y capital natural<\/strong><\/a>\u201d, establece como uno de sus objetivos principales: \u201cDeterminar y jerarquizar por orden de prioridad, no m\u00e1s tarde de 2020, las especies ex\u00f3ticas invasoras y sus v\u00edas de penetraci\u00f3n, controlar o erradicar las especies prioritarias y gestionar las v\u00edas de penetraci\u00f3n para impedir la irrupci\u00f3n y establecimiento de nuevas especies\u201d.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En Espa\u00f1a, el verdadero golpe de tim\u00f3n en pro de la biodiversidad afectada por las especies\u00a0invasoras, como subraya Brufao, lo representa la <a href=\"http:\/\/www.magrama.gob.es\/es\/biodiversidad\/legislacion\/rd_plan_estrategico_patrimonio_natural_biodiversidad.aspx\" rel=\"external nofollow\"><strong>Ley 42\/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad<\/strong><\/a>, cuyo art. 52.2 establece que \u201cLas Administraciones p\u00fablicas competentes prohibir\u00e1n la introducci\u00f3n de especies, subespecies o razas geogr\u00e1ficas al\u00f3ctonas cuando \u00e9stas sean susceptibles de competir con las especies silvestres aut\u00f3ctonas, alterar su pureza gen\u00e9tica o los equilibrios ecol\u00f3gicos\u201d. A su vez, el art. 61 crea el <strong>Cat\u00e1logo Espa\u00f1ol de Especies Ex\u00f3ticas Invasoras<\/strong>, cuya estructura y funcionamiento se regula por el Real Decreto 1628\/2011, el cual distingue entre cat\u00e1logo y listado, aspecto este no regulado por la ley. El cat\u00e1logo incluye las \u00a0IIE de las que existe informaci\u00f3n cient\u00edfica que indique que constituyen una amenaza grave, y el listado incluye especies ex\u00f3ticas con <em>potencial invasor<\/em>.\u00a0 Seg\u00fan Brufao, la creaci\u00f3n del listado sin amparo legal alguno con un rigor diferente va en contra de la normativa internacional y nacional.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los <strong>ecosistemas acu\u00e1ticos<\/strong> son los m\u00e1s afectados por las EEI puesto que la erradicaci\u00f3n es m\u00e1s dificultosa. Un ejemplo notorio lo representa la amenaza de expansi\u00f3n del mejill\u00f3n cebra desde el Ebro. El 70% de la biomasa, es decir, la cantidad de materia viva que corresponde a especias del ecosistema fluvial bajo y medio del Ebro,\u00a0 est\u00e1 constituido por especies invasoras. \u00a0En la Pen\u00ednsula Ib\u00e9rica, la mayor\u00eda de especies y subespecies pisc\u00edcolas son end\u00e9micas de las distintas cuencas. El WWF explica a su vez que \u201cel trasvase Tajo-Segura es el responsable de la entrada del pez rojo, del gobio y de la boga del Tajo en la cuenca del J\u00facar, y de la bermejuela en la cuenca del Guadiana. Las primeras consecuencias ya se est\u00e1n conociendo, pues la boga del Tajo se ha hibridado con la loina del J\u00facar con lo que esta especie se encuentra en serio riesgo de desaparici\u00f3n. Perlas como el\u00a0 Jaramugo que vive exclusivamente en la cuenca del r\u00edo Guadiana y adaptadas biol\u00f3gicamente a condiciones extremas est\u00e1n en peligro de extinci\u00f3n, porque son deglutidas por las especies invasoras, que adem\u00e1s transmiten enfermedades o compiten por el territorio y la comida.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Es importante recuperar \u00a0las condiciones, en su mayor\u00eda extremas, \u00a0de \u00a0h\u00e1bitat de la pen\u00ednsula ib\u00e9rica. \u00a0El rio Guadiana, seg\u00fan Pedro Brufao, \u201cse ha convertido en una sucesi\u00f3n de embalses y ha perdido su cualificaci\u00f3n como rio\u201d. \u201cLa recuperaci\u00f3n de las condiciones ecol\u00f3gicas, geomorfol\u00f3gicas de temperatura del agua y \u00a0la disminuci\u00f3n de\u00a0 la cantidad de nutrientes que provienen de los fertilizantes de los regad\u00edos favorecer\u00eda el control y la erradicaci\u00f3n de EEI como el camalote en el Guadiana\u201d, contin\u00faa el investigador.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La erradicaci\u00f3n de las EEI es lo que la normativa, seg\u00fan criterio cient\u00edfico s\u00f3lidamente aceptado, \u00a0establece como primera medida y, en su defecto, el control poblacional. \u201cEl sistema es coherente, otra cosa es que las administraciones \u201cdesoigan\u201d \u00a0la propia norma que las rige, como en el caso de ciertos cotos intensivos de pesca, y las actuaciones de los particulares\u201d, concluye Pedro Brufao.\u00a0 Los particulares\u00a0 pueden actuar de manera dolosa pero en la mayor\u00eda de los casos son introducciones involuntarias o negligentes de EEI. \u00a0De ah\u00ed, la necesidad de \u201cla divulgaci\u00f3n y sensibilizaci\u00f3n de la problem\u00e1tica a la sociedad, reflejando los perjuicios socioecon\u00f3micos y ambientales de las EEI, e incluyendo en sus actuaciones y planes a profesionales de la educaci\u00f3n y de la comunicaci\u00f3n\u201d, seg\u00fan las conclusiones del <a href=\"http:\/\/geib-noticias.blogspot.com.es\/2012\/09\/conclusiones-de-4-congreso-nacional.html\" rel=\"external nofollow\">4\u00ba Congreso nacional sobre especies ex\u00f3ticas invasoras (EEI) 2012<\/a><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Referencia: Las especies ex\u00f3ticas invasoras y el Derecho, con especial referencia a las especies acu\u00e1ticas, la pesca recreativa y la acuicultura. REVISTA CATALANA DE DRET AMBIENTAL,\u00a0Vol. 3, N\u00fam. 1 (2012). <a href=\"http:\/\/www.rcda.cat\/index.php\/rcda\/article\/view\/274\" rel=\"external nofollow\">http:\/\/www.rcda.cat\/index.php\/rcda\/article\/view\/274<\/a><\/p>\n<p>http:\/\/especiesinvasorasenextremadura.blogspot.com<\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.fundacion-biodiversidad.es\/marmenconama10\/c1_6.htm\" rel=\"external nofollow\">http:\/\/www.fundacion-biodiversidad.es\/marmenconama10\/c1_6.htm<\/a><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Las especies ex\u00f3ticas invasoras (EEI en adelante) constituyen, seg\u00fan el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, la segunda amenaza m\u00e1s grave para la biodiversidad, siendo los ecosistemas acu\u00e1ticos los m\u00e1s afectados ya que su control es m\u00e1s dif\u00edcil. 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