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	<title>El nuevo régimen de caja en IVA, otro posible lío | Derecho al día - Blogs hoy.es</title>
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	<description>Blog jurídico de Garrigues en Extremadura</description>
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		<title>El nuevo régimen de caja en IVA, otro posible lío | Derecho al día - Blogs hoy.es</title>
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		<pubDate>Tue, 30 Apr 2013 08:14:16 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Antonio Muñoz. Asociado Senior del Departamento Fiscal de Garrigues</dc:creator>
		                		<category><![CDATA[Fiscal]]></category>
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<html><head><meta http-equiv="content-type" content="text/html; charset=utf-8"></head><body><div id="attachment_78" style="width: 610px" class="wp-caption aligncenter"><a href="/derechoaldia/wp-content/uploads/sites/71/2013/04/haciendacaceresblog.jpg"><img aria-describedby="caption-attachment-78" class="size-full wp-image-78" title="Dependencias de Hacienda en Cáceres." src="/derechoaldia/wp-content/uploads/sites/71/2013/04/haciendacaceresblog.jpg" alt="Dependencias de Hacienda en Cáceres." width="600" height="425" srcset="https://static-blogs.hoy.es/wp-content/uploads/sites/71/2013/04/haciendacaceresblog.jpg 600w, https://static-blogs.hoy.es/wp-content/uploads/sites/71/2013/04/haciendacaceresblog-300x213.jpg 300w" sizes="(max-width: 600px) 100vw, 600px"></a><p id="caption-attachment-78" class="wp-caption-text">Dependencias de Hacienda en Cáceres.</p></div>
<p>Como es sobradamente conocido, <strong>uno de los problemas</strong> a los que se enfrentan muchas empresas se encuentra en la obligación, en muchas ocasiones, <strong>de anticipar a Hacienda el ingreso de un IVA que todavía no han cobrado</strong> de su cliente.</p>
<div class="voc-advertising voc-adver-inter-text hidden-md hidden-lg voc-adver-blogs-entries"></div><p>El pasado viernes el <strong>Consejo de Ministros</strong> acordó la aplicación, a partir del 1 de enero de 2014, <strong>del denominado <a href="http://www.lamoncloa.gob.es/ConsejodeMinistros/Referencias/_2013/refc20130426.htm" target="_blank">régimen de caja en IVA</a>, optativo para PYMES y autónomos con un volumen de negocio inferior a dos millones de euros</strong>. Se justifica el establecimiento de la medida en la necesidad de dotar de liquidez a este colectivo, dados los tiempos que corren.</p>
<p>Poco más sabemos acerca de cómo se implementará este sistema, por cuanto<strong> se encuentra pendiente de ser desarrollado</strong>. Cualquiera podría pensar que resulta sencillo establecer un sistema en virtud del cual el empresario ingresará en Hacienda el importe del IVA cuando haya cobrado la factura de su cliente. Mucho me temo que este pensamiento se encontrará bastante alejado de la realidad.</p>
<div class="voc-advertising voc-adver-inter-text hidden-md hidden-lg voc-advertising-mobile-ready"></div><p>En principio, l<strong>o normal es que el criterio de caja afecte tanto al ingreso del IVA en Hacienda como a la deducción del mismo por parte del destinatario de la operación</strong>, es decir, el proveedor que opte por su aplicación no ingresará el IVA hasta que cobre la factura, en contrapartida su cliente no podrá deducir el IVA soportado hasta que abone el importe de la operación.</p>
<p>De esta manera <strong>la gestión del régimen se complica</strong>. Pensemos en la posibilidad de pagos parciales que, incluso, puedan producirse en periodos de liquidación distintos. Mucho me temo que nos encontramos <strong>ante una nueva preocupación</strong> en el día a día de las empresas.</p>
<p>Al tratarse de un régimen optativo, es obvio que <strong>convivirán contribuyentes que aplicarán este régimen con otra serie de empresarios que se mantendrán en el “régimen general”</strong>. Nuevamente, la empresa deberá gestionar su IVA, teniendo en cuenta si sus proveedores o clientes se encuentran acogidos o no al régimen de caja, mucho me temo que esta convivencia <strong>generará una indeseable complejidad añadida</strong>.</p>
<p>Con toda probabilidad, el establecimiento del régimen de caja irá acompañado de la implantación por parte de Hacienda de u<strong>n mayor control sobre los contribuyentes que opten por su aplicación</strong>. Es evidente que la <a href="http://www.agenciatributaria.es/" target="_blank">AEAT</a> tratará de controlar la correcta aplicación del régimen para lo cual, como es costumbre, <strong>cargará a la empresa con alguna nueva obligación fiscal</strong>.</p>
<p>En fin, habrá que ver cómo queda definitivamente configurado el nuevo régimen. Todo hace pensar, aún a riesgo de resultar un aguafiestas, por cuanto nos encontramos ante un medida solicitada insistentemente por los colectivos a que va dirigida, que<strong> su implantación conllevará una complicación adicional</strong> para el día a día de PYMES y autónomos, colectivos ya de por sí sobrecargados con obligaciones administrativas de toda índole.</p>
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