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	<title>Las medidas tributarias en Extremadura necesitan un paso más | Derecho al día - Blogs hoy.es</title>
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	<description>Blog jurídico de Garrigues en Extremadura</description>
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		<title>Las medidas tributarias en Extremadura necesitan un paso más | Derecho al día - Blogs hoy.es</title>
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		<pubDate>Thu, 03 Oct 2013 17:50:47 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Javier Galindo - Socio de Garrigues</dc:creator>
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<html><head><meta http-equiv="content-type" content="text/html; charset=utf-8"></head><body><div id="attachment_165" style="width: 610px" class="wp-caption aligncenter"><a href="/derechoaldia/wp-content/uploads/sites/71/2013/10/TRIBUTOSGARRIGUESFETEN.jpg"><img aria-describedby="caption-attachment-165" class="size-full wp-image-165" title="Muchos empresarios luchan por sobrevivir, y sus herederos no pueden seguir más." src="/derechoaldia/wp-content/uploads/sites/71/2013/10/TRIBUTOSGARRIGUESFETEN.jpg" alt="Muchos empresarios luchan por sobrevivir, y sus herederos no pueden seguir más." width="600" height="698" srcset="https://static-blogs.hoy.es/wp-content/uploads/sites/71/2013/10/TRIBUTOSGARRIGUESFETEN.jpg 600w, https://static-blogs.hoy.es/wp-content/uploads/sites/71/2013/10/TRIBUTOSGARRIGUESFETEN-258x300.jpg 258w" sizes="(max-width: 600px) 100vw, 600px"></a><p id="caption-attachment-165" class="wp-caption-text">Muchos empresarios luchan por sobrevivir, y sus herederos no pueden seguir más.</p></div>
<p>El Consejo de Gobierno de la <a href="http://www.gobex.es/gobex/view/main/index/index.php" target="_blank">Junta de Extremadura</a> aprobó el pasado martes el <a href="http://www.hoy.es/v/20131003/regional/rebaja-irpf-ahorrara-media-20131003.html" target="_blank">Proyecto de Ley de Medidas Tributarias de Impulso a la Actividad Económica en Extremadura</a>, que incluye, entre otras cuestiones, <strong>mejoras en el tratamiento fiscal de la Empresa Familiar</strong>, especialmente en lo que se refiere al <a href="http://portaltributario.juntaextremadura.es/PortalTributario/web/guest/sucesiones-donaciones" target="_blank">Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones</a>.</p>
<p>Actualmente tanto la normativa estatal como la autonómica tienen ya establecidos <strong>determinados beneficios,</strong> cuya finalidad es la de<strong> evitar la desaparición de este tipo de empresas</strong> como consecuencia del fallecimiento del empresario o de la transmisión en vida a sus hijos en el momento de su jubilación, al tener que vender o liquidar la empresa para hacer frente al pago del Impuesto.</p>
<div class="voc-advertising voc-adver-inter-text hidden-md hidden-lg voc-adver-blogs-entries"></div><p>El <strong>principal beneficio</strong> existente supone <strong>excluir entre el 95% y el 100% del valor de la empresa para el pago del Impuesto</strong>, siempre y cuando los herederos se comprometieran a <strong>mantener los bienes adquiridos durante diez años</strong> y  quea <strong>empresa fuera la principal fuente de renta</strong> del empresario en el momento del fallecimiento o de la donación.</p>
<p>Estos requisitos <strong>no son fáciles de cumplir</strong>, mantener diez años los bienes de la empresa era un plazo muy largo, y <strong>se verá reducido ahora a cinco años,</strong> como ocurre en otras comunidades autónomas, lo cual supone una mejora notable.</p>
<p>Más complicado es que la empresa sea la principal fuente de renta del empresario. Hoy en día y, por desgracia, desde hace varios años,  <strong>muchas empresas no están teniendo beneficios</strong>, por lo que <strong>muchos empresarios no cumplen con este requisito,</strong> que les impide también beneficiarse de la exención que existe en el Impuesto sobre el Patrimonio. Por tanto, no pueden donar la empresa si quieren acogerse a la reducción, pero lo de <strong>evitar morirse no está en su mano</strong>.</p>
<div class="voc-advertising voc-adver-inter-text hidden-md hidden-lg voc-advertising-mobile-ready"></div><p>Hay casos reales en los que los <strong>herederos</strong>, tras ser testigos de la lucha de su padre por resistir y no liquidar la empresa, <strong>no van a tener más remedio que hacerlo al fallecer el empresario</strong> en un momento en que la empresa daba pérdidas y no era su fuente de renta principal.</p>
<p><a href="http://http://www.gobex.es/files/uploaded_files/CEH/2013/10/Resumen_Medidas_Expuestas.pdf%20" target="_blank">Las medidas que se proponen</a>, que deben ser refrendadas por la Asamblea, suponen por un lado, una <strong>mejora de los beneficios fiscales</strong> de la empresa familiar en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y, por otro, la <strong>creación de  otros en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.</strong></p>
<p>Dado que <a href="http://www.hoy.es/v/20121209/regional/asuntos-familia-20121209.html" target="_blank">las empresas familiares constituyen la base esencial del tejido empresarial extremeño</a>, bastante deteriorado por la situación económica que venimos padeciendo desde hace varios años, y que ha provocado el cierre de muchas empresas, las medidas que se incluyen en el Proyecto de Ley<strong> solo pueden tener efectos favorables</strong> para el mantenimiento de actividades económicas y productivas en nuestra región, con <strong>claro efecto positivo para el empleo</strong>.</p>
<p>Efectivamente, el Proyecto de Ley <strong>es un paso adelante, pero hay mucho camino por delante</strong>. La <strong>existencia de beneficios fiscales de mayor alcance en otras comunidades</strong> autónomas supone una enorme diferencia de trato, lo que <strong>seguirá provocando la deslocalización de empresas fuera de Extremadura</strong> y una <strong>pérdida notable de recaudación tributaria</strong> por IRPF y otros tributos que dejan de ingresarse en Extremadura.</p>
<p>Si no se puede avanzar tanto, <strong>quizás se puedan seguir dando pasos</strong>, y pongo un ejemplo muy claro. Pienso que no sería muy difícil de justificar la<strong> supresión del requisito que la empresa constituya la principal fuente de renta del empresario</strong> para eximir a la Empresa Familiar del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Se<strong> evitaría la desaparición de empresas que están luchando por su supervivencia</strong> en esta época tan complicada.</p>
<p><strong>Estamos a tiempo</strong>: el Proyecto de Ley puede ser modificado durante su tramitación parlamentaria.</p>
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