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	<title>Comprar por Internet, ahora más seguro | Derecho al día - Blogs hoy.es</title>
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	<description>Blog jurídico de Garrigues en Extremadura</description>
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		<title>Comprar por Internet, ahora más seguro | Derecho al día - Blogs hoy.es</title>
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		<pubDate>Wed, 30 Oct 2013 09:59:56 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Ricardo García de Arriba - Asociado Senior de Garrigues</dc:creator>
		                		<category><![CDATA[Legal]]></category>
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<html><head><meta http-equiv="content-type" content="text/html; charset=utf-8"></head><body><div id="attachment_181" style="width: 610px" class="wp-caption aligncenter"><a href="/derechoaldia/wp-content/uploads/sites/71/2013/10/COMPRAPORINTERNETFETEN.jpg"><img aria-describedby="caption-attachment-181" class="size-full wp-image-181" title="Comprar por Internet será ahora más seguro." src="/derechoaldia/wp-content/uploads/sites/71/2013/10/COMPRAPORINTERNETFETEN.jpg" alt="Comprar por Internet será ahora más seguro." width="600" height="400" srcset="https://static-blogs.hoy.es/wp-content/uploads/sites/71/2013/10/COMPRAPORINTERNETFETEN.jpg 600w, https://static-blogs.hoy.es/wp-content/uploads/sites/71/2013/10/COMPRAPORINTERNETFETEN-300x200.jpg 300w" sizes="(max-width: 600px) 100vw, 600px"></a><p id="caption-attachment-181" class="wp-caption-text">Comprar por Internet será ahora más seguro.</p></div>
<p>En los últimos tiempos venimos asistiendo a un <strong>crecimiento cada vez más acelerado del comercio electrónico y de las transacciones a distancia</strong>. Como consecuencia de ello, se ha producido también un importante incremento de las <strong>reclamaciones interpuestas por consumidores y usuarios</strong> frente a las empresas con quienes contratan (sólo en 2012, y en el ámbito de las telecomunicaciones, energía, agua y seguros, se interpusieron en España más de 350.000 reclamaciones en asociaciones de consumidores y 75.000 reclamaciones en las Juntas Arbitrales de Consumo).</p>
<div class="voc-advertising voc-adver-inter-text hidden-md hidden-lg voc-adver-blogs-entries"></div><p>Con el fin de reforzar la seguridad jurídica de los consumidores en tales operaciones, el pasado 11 de octubre el Gobierno remitió a las Cortes Generales el <a title="Proyecto de Ley" href="http://www.congreso.es/public_oficiales/L10/CONG/BOCG/A/BOCG-10-A-71-1.PDF" target="_blank"><strong>Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios</strong>.</a></p>
<p>Esta nueva norma deberá estar aprobada antes del próximo <strong>13 de diciembre</strong>, que es la fecha límite fijada por la<a href="http://eur-lex.europa.eu/es/dossier/dossier_22.htm" target="_blank"> Directiva Europea de Derechos de los Consumidores</a> para su incorporación a nuestro Derecho.</p>
<div class="voc-advertising voc-adver-inter-text hidden-md hidden-lg voc-advertising-mobile-ready"></div><p><span style="text-decoration: underline;">Las principales <strong>novedades</strong></span> que se establecen son las siguientes:</p>
<p>• El plazo legal para que el consumidor pueda <strong>desistir del contrato se amplía a un mínimo de catorce días naturales</strong>, frente a los siete días hábiles actuales. En caso de que no se hubiera informado al consumidor de que puede ejercer este derecho, el plazo queda automáticamente ampliado a doce meses. La nueva norma, además, incorporará un <strong>formulario de desistimiento común en Europa</strong>, que facilita el ejercicio de este derecho y que tendrá que facilitarse junto con la información previa al contrato.</p>
<p>• A fin de evitar “cargas encubiertas” o costes adicionales, <strong>el consumidor siempre tendrá que aceptar el precio final antes de que concluya la transacción</strong>.</p>
<p>• En los <strong>contratos telefónicos</strong>, el consumidor solo quedará vinculado una vez haya <strong>firmado la oferta o enviado su acuerdo por escrito en papel, por fax, correo electrónico o SMS</strong>. Se trata de garantizar que el consumidor tenga pleno conocimiento de lo que está aceptando, algo que no es posible si todo el proceso de compra se lleva a cabo en una única conversación telefónica.</p>
<p>• <strong>Se amplía la información precontractual</strong> que obligatoriamente se habrá de facilitar a los consumidores y usuarios (características y precio total de los bienes o servicios, identidad y datos de contacto del empresario, procedimientos de pago y entrega, fecha de entrega, etc.). Esta información tendrá que ser clara y comprensible.</p>
<p>En definitiva, la nueva regulación constituirá un significativo avance en la protección de los derechos de los consumidores y usuarios y beneficiará también a las empresas, a las que dota de seguridad jurídica, fomentando al mismo tiempo el consumo de bienes y servicios mediante el uso de las nuevas tecnologías.</p>
</body></html>
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