{"id":81,"date":"2013-05-07T12:27:36","date_gmt":"2013-05-07T10:27:36","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.hoy.es\/derechoaldia\/?p=81"},"modified":"2013-05-07T12:27:36","modified_gmt":"2013-05-07T10:27:36","slug":"se-puede-privatizar-la-justicia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.hoy.es\/derechoaldia\/2013\/05\/07\/se-puede-privatizar-la-justicia\/","title":{"rendered":"\u00bfSe puede privatizar la Justicia?"},"content":{"rendered":"<div id=\"attachment_83\" style=\"width: 610px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><a href=\"\/derechoaldia\/wp-content\/uploads\/sites\/71\/2013\/05\/expedientes-acumulados.jpg\"><img aria-describedby=\"caption-attachment-83\" loading=\"lazy\" class=\"size-full wp-image-83\" title=\"Expedientes acumulados en un juzgado.\" src=\"\/derechoaldia\/wp-content\/uploads\/sites\/71\/2013\/05\/expedientes-acumulados.jpg\" alt=\"Expedientes acumulados en un juzgado.\" width=\"600\" height=\"400\" srcset=\"https:\/\/static-blogs.hoy.es\/wp-content\/uploads\/sites\/71\/2013\/05\/expedientes-acumulados.jpg 600w, https:\/\/static-blogs.hoy.es\/wp-content\/uploads\/sites\/71\/2013\/05\/expedientes-acumulados-300x200.jpg 300w\" sizes=\"(max-width: 600px) 100vw, 600px\" \/><\/a><p id=\"caption-attachment-83\" class=\"wp-caption-text\">Expedientes acumulados en un juzgado.<\/p><\/div>\n<p>En esta \u00e9poca de privatizaciones, nadie en su sano juicio ha confesado todav\u00eda estar plante\u00e1ndose privatizar la Justicia espa\u00f1ola pero <strong>es posible que, en breve, veamos a profesionales privados<\/strong> <strong>actuando en el lugar hasta ahora reservado a los funcionarios<\/strong> de los juzgados y tribunales.<\/p>\n<p>El Ministro de Justicia ha elevado un informe al <strong>Consejo de Ministros<\/strong> para la reforma de la actual <a title=\"Ley de Enjuiciamiento Civil\" href=\"http:\/\/noticias.juridicas.com\/base_datos\/Privado\/l1-2000.html\">Ley de Enjuiciamiento Civil <\/a>en el que, entre otras cuestiones m\u00e1s t\u00e9cnicas, <strong>se refuerza el papel de los procuradores de los tribunales<\/strong>, permiti\u00e9ndoles asumir funciones propias de la oficina judicial.<\/p>\n<p>Cr\u00e9anme cuando les digo que en los despachos de abogados no es infrecuente responder a preguntas de clientes que se interesan por el papel del procurador, y piden a los abogados que les aclaremos por qu\u00e9 es necesaria su intervenci\u00f3n en la mayor parte de los procedimientos judiciales.<\/p>\n<p>Sin embargo, aunque es cierto que la evoluci\u00f3n de la tecnolog\u00eda (comunicaciones electr\u00f3nicas, automatizaci\u00f3n de las copias, etc\u2026) \u00a0ha limitado en parte, y limitar\u00e1 m\u00e1s en el futuro, el papel de estos profesionales de la Justicia, en un debate serio es dif\u00edcil negar la <strong>importancia\u00a0 del buen procurador<\/strong><strong> para la adecuada tramitaci\u00f3n \u00a0del pleito, <\/strong>a pesar de que su intervenci\u00f3n sea tantas veces silenciosa para el ciudadano que, equivocadamente, tiende a verlo como un coste m\u00e1s del proceso.<\/p>\n<p>Si la reforma que propone el Ministro Gallard\u00f3n llega a cuajar, esta intervenci\u00f3n podr\u00e1 ser incluso mayor, ya que <strong>el ciudadano podr\u00e1 elegir que determinadas actuaciones judiciales, <\/strong>hasta ahora reservadas a los funcionarios judiciales<strong>, sean realizadas por su procurador<\/strong>.<\/p>\n<p>Fundamentalmente, la reforma prev\u00e9 que <strong>podr\u00e1n encomendarse al procurador actos de comunicaci\u00f3n procesal y a determinados actos de ejecuci\u00f3n y de cooperaci\u00f3n y auxilio<\/strong> de la Administraci\u00f3n de Justicia, reforzando la actuaci\u00f3n del procurador al inicio y al final del proceso, al poder encargarse por ejemplo de:<\/p>\n<ul>\n<li>emplazar,<\/li>\n<li>citar a juicio,<\/li>\n<li>requerir a particulares el cumplimiento de una resoluci\u00f3n judicial,<\/li>\n<li>realizar embargos de bienes muebles y de cuentas corrientes,<\/li>\n<li>ocuparse a trav\u00e9s de sus <a href=\"http:\/\/www.cgpe.es\/\">Colegios profesionales <\/a>del dep\u00f3sito y de la administraci\u00f3n judicial de los bienes embargados,<\/li>\n<li>operar como entidad especializada en la subasta de los bienes embargados.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Varias cuestiones marcan, no obstante, las l\u00edneas de la reforma propuesta y suscitan algunas reflexiones:<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0Ser\u00e1 el ciudadano el que <strong>decida libremente<\/strong> si estas funciones las va a hacer su procurador o se encomendar\u00e1n a los funcionarios judiciales. A partir de ese momento, la Justicia que reciba cada ciudadano depender\u00e1 todav\u00eda m\u00e1s de la calidad y dedicaci\u00f3n del procurador que contrate.<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0Si el interesado decide que sea el procurador el que act\u00fae cuando la ley le permita optar por una u otra v\u00eda, <strong>asumir\u00e1 \u00edntegramente su coste sin que ello disminuya en ning\u00fan caso el importe que en concepto de tasas judiciales<\/strong> haya satisfecho por el proceso.<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0Los procuradores <strong>actuar\u00e1n siempre bajo las instrucciones y el control del Secretario judicial<\/strong>, ello a pesar de que como profesionales se deban a los intereses de sus clientes dentro del margen deontol\u00f3gico que ordena su profesi\u00f3n.<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0Cuando los procuradores asuman por decisi\u00f3n de su cliente estas funciones, <strong>tendr\u00e1n la condici\u00f3n de agentes de la autoridad<\/strong>, surtiendo sus actuaciones plenos efectos sin la intervenci\u00f3n por ejemplo de testigos cuando el requerido se niegue a recibir una determinada resoluci\u00f3n judicial.<\/p>\n<p>Para muchos la reforma potenciar\u00e1 que <strong>quienes dispongan de mayores recursos para asumir el pago de los derechos de sus procuradores se aseguren actuaciones judiciales m\u00e1s r\u00e1pidas<\/strong>, que no dependan de oficinas judiciales saturadas de asuntos que van siendo tramitados por su orden, no siempre coincidente con el inter\u00e9s del ciudadano o la empresa sometidos al proceso.<\/p>\n<p>Pero, por otra parte, no puede negarse que la potenciaci\u00f3n de la figura del procurador ayudar\u00e1 a descongestionar las oficinas judiciales, permitiendo que profesionales ahora parcialmente desaprovechados colaboren m\u00e1s activamente con la Justicia en beneficio de sus clientes pero, qui\u00e9n sabe, quiz\u00e1 reduciendo en el futuro el n\u00famero de funcionarios adscritos a aqu\u00e9llas.<\/p>\n<p>Despu\u00e9s de lo dicho, acabo plante\u00e1ndome lo mismo que al comienzo: <strong>\u00bfse estar\u00e1 privatizando un poco la Justicia espa\u00f1ola?<\/strong><\/p>\n<p>Juzgue el lector.<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En esta \u00e9poca de privatizaciones, nadie en su sano juicio ha confesado todav\u00eda estar plante\u00e1ndose privatizar la Justicia espa\u00f1ola pero es posible que, en breve, veamos a profesionales privados actuando en el lugar hasta ahora reservado a los funcionarios de los juzgados y tribunales. 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