{"id":127,"date":"2013-02-19T16:31:52","date_gmt":"2013-02-19T15:31:52","guid":{"rendered":"http:\/\/eneltintero.com\/?p=127"},"modified":"2013-02-19T16:31:52","modified_gmt":"2013-02-19T15:31:52","slug":"cuatro-localidades-extremenas-serian-intervenidas-hoy-con-la-reforma-local-en-vigor","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.hoy.es\/eneltintero\/2013\/02\/19\/cuatro-localidades-extremenas-serian-intervenidas-hoy-con-la-reforma-local-en-vigor\/","title":{"rendered":"Cuatro localidades extreme\u00f1as ser\u00edan intervenidas hoy con la reforma local en vigor."},"content":{"rendered":"<p>Hoy hemos conocido la letra peque\u00f1a de la reforma de la Administraci\u00f3n Local que present\u00f3 el Gobierno el pasado viernes. En cuanto al sueldo de los alcaldes, pocas novedades que se puedan destacar a lo que ya escrib\u00ed en mi anterior entrada en el blog.<\/p>\n<p>Lo m\u00e1s relevante desvelado hoy, a mi juicio, tiene que ver con la intervenci\u00f3n de los municipios que no sean solventes. La ley concreta que ser\u00e1n solo las localidades de menos de 5.000 habitantes las que podr\u00edan pasar a ser controladas por las Diputaciones si no aprueban una \u201cevaluaci\u00f3n\u201d econ\u00f3mica.<\/p>\n<p>En primer lugar hay que se\u00f1alar que esto <strong>afectar\u00eda al 91% de los municipios extreme\u00f1os.<\/strong> Ser\u00edan los 136 pueblos de la provincia de Badajoz y los 211 de la de C\u00e1ceres que no llegan a los 5.000 vecinos censados, seg\u00fan el \u00faltimo padr\u00f3n de 2012 (s\u00f3lo 35 localidades superan ese censo en Extremadura).<\/p>\n<p><strong>Requisitos para ser intervenido<\/strong><\/p>\n<p>Seg\u00fan el borrador (<a href=\"http:\/\/www.minhap.gob.es\/es-ES\/Prensa\/En%20Portada\/2013\/Documents\/ALRASOAL.pdf\" rel=\"external nofollow\">http:\/\/www.minhap.gob.es\/es-ES\/Prensa\/En%20Portada\/2013\/Documents\/ALRASOAL.pdf<\/a>) un municipio puede ser intervenido si:<\/p>\n<ul>\n<li>Ha obtenido una evaluaci\u00f3n negativa de los servicios m\u00ednimos que presta.<\/li>\n<li>No ha cumplido con las obligaciones de la ley de Estabilidad Presupuestaria en cuanto a nivel de d\u00e9ficit y deuda.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Sus gastos no financieros superan en un 5% sus ingresos no financieros durante dos a\u00f1os consecutivos.<\/li>\n<li>Ha tenido retenida durante tres meses consecutivos su participaci\u00f3n en los ingresos del Estado.<\/li>\n<li>Ha incumplido las obligaciones anuales de informar al Ministerio de Hacienda de sus cuentas durante dos a\u00f1os consecutivos, o las obligaciones trimestrales durante dos trimestres consecutivos.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Para muchos ayuntamientos ser\u00eda imposible pasar estos requisitos actualmente. De hecho, si la reforma estuviera hoy en vigor, las localidades cacere\u00f1as de <strong>Campillo de Deleitosa, Herguijuela, Valdeca\u00f1as de Tajo y Caba\u00f1as del Castillo pasar\u00edan a ser controladas<\/strong> directamente por la Diputaci\u00f3n provincial, ya que no han informado de sus cuentas al Ministerio de Hacienda los dos \u00faltimos ejercicios (2010 y 2011). Adem\u00e1s, otras 6 localidades de ambas provincias (La Parra, La Roca de la Sierra, Ca\u00f1amero, Ibahernando, Millanes y Salorino), que no presentaron la liquidaci\u00f3n de sus presupuestos en 2011, deber\u00edan haber presentado sus liquidaciones de presupuestos de 2012 para evitar este a\u00f1o una hipot\u00e9tica intervenci\u00f3n. <strong>M\u00e1s les vale a todos ellos ponerse al d\u00eda<\/strong> y cumplir para evitar problemas a partir de 2014, cuando la reforma pase a convertirse en Ley.<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 supone la intervenci\u00f3n de una localidad por la Diputaci\u00f3n?<\/strong><\/p>\n<p>La Diputaci\u00f3n provincial debe aprobar la intervenci\u00f3n de un municipio por mayor\u00eda absoluta. Una vez obtenida, toma el control total de la gesti\u00f3n del consistorio. Esto supone decidir sobre el presupuesto y obtener todas las competencias. Adem\u00e1s, <strong>los trabajadores del ayuntamiento deben acatar las \u00f3rdenes que lleguen desde la administraci\u00f3n provincial.<\/strong> Mientras que dura la intervenci\u00f3n, ninguno de los miembros de la corporaci\u00f3n municipal recibir\u00e1 retribuci\u00f3n alguna.<\/p>\n<p>El ayuntamiento volver\u00e1 a tener autonom\u00eda cuando cumpla todos los requisitos de solvencia y estabilidad presupuestaria.<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Hoy hemos conocido la letra peque\u00f1a de la reforma de la Administraci\u00f3n Local que present\u00f3 el Gobierno el pasado viernes. En cuanto al sueldo de los alcaldes, pocas novedades que se puedan destacar a lo que ya escrib\u00ed en mi anterior entrada en el blog. 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