{"id":495,"date":"2013-06-10T14:18:50","date_gmt":"2013-06-10T12:18:50","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.hoy.es\/eneltintero\/?p=495"},"modified":"2013-06-10T14:18:50","modified_gmt":"2013-06-10T12:18:50","slug":"la-letra-pequena-de-una-renta-no-tan-basica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.hoy.es\/eneltintero\/2013\/06\/10\/la-letra-pequena-de-una-renta-no-tan-basica\/","title":{"rendered":"La letra peque\u00f1a de una renta no tan b\u00e1sica"},"content":{"rendered":"<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<div id=\"attachment_496\" style=\"width: 610px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><a href=\"\/eneltintero\/wp-content\/uploads\/sites\/83\/2013\/06\/renta-b\u00e1sica-bueno.png\"><img aria-describedby=\"caption-attachment-496\" loading=\"lazy\" class=\" wp-image-496   \" title=\"Publicaci\u00f3n de la renta b\u00e1sica Extremadura\" src=\"\/eneltintero\/wp-content\/uploads\/sites\/83\/2013\/06\/renta-b\u00e1sica-bueno.png\" alt=\"\" width=\"600\" height=\"400\" \/><\/a><p id=\"caption-attachment-496\" class=\"wp-caption-text\">Publicaci\u00f3n de la Renta B\u00e1sica de Inserci\u00f3n en el DOE<\/p><\/div>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Aunque se la conoce como \u201cRenta B\u00e1sica\u201d, en realidad se llama\u00a0<a href=\"http:\/\/doe.juntaex.es\/pdfs\/doe\/2013\/980o\/13010005.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"external nofollow\">Renta B\u00e1sica de Inserci\u00f3n. <\/a>Est\u00e1 asociada, por lo tanto, a que los que se beneficien de esta ayuda acaben encontrando trabajo. Y tras leer detenidamente el texto que entr\u00f3 en vigor el pasado 23 de mayo, uno se da cuenta de que tampoco es tan b\u00e1sica como su nombre indica. Para ser uno de los beneficiarios <strong>no basta solo con no tener suficientes ingresos para salir adelante, sino que hay que cumplir una serie de requisitos para recibir m\u00e1s o menos dinero<\/strong>, adem\u00e1s de someterse tambi\u00e9n a una serie de obligaciones para no perder dicha ayuda.<\/p>\n<p>As\u00ed, en las pr\u00f3ximas l\u00edneas voy a intentar aclarar algunas de las dudas que pueden surgir a quienes est\u00e9n esperando el momento de iniciar la solicitud. <strong>Solicitudes<\/strong> que se podr\u00e1n presentar a los <a href=\"http:\/\/www.gobex.es\/ddgg005\/view\/main\/index\/standardPage.php?id=50\" target=\"_blank\" rel=\"external nofollow\">servicios sociales de base<\/a> <strong>a partir de julio<\/strong>, seg\u00fan me cuentan desde la Consejer\u00eda de Salud y Pol\u00edtica Social, <strong>para poder cobrar en agosto<\/strong>.<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <strong>Diferencia entre los beneficiarios y el titular de la ayuda.<\/strong><\/p>\n<p>Lo primero que hay que tener muy claro es que la ley considera beneficiarios de la renta b\u00e1sica tanto a la persona que la solicita (que ser\u00e1 el titular de la misma) como a su familia, contando la pareja y los hijos que vivan en el mismo domicilio. Es decir, que la pareja del solicitante (con quien est\u00e9 casado o como pareja de hecho) y su hijo o hijos no pueden solicitar otra ayuda de renta b\u00e1sica. En el caso de que uno de los hijos tuviera descendencia, ya contar\u00eda como otra unidad familiar distinta y s\u00ed podr\u00eda solicitar la ayuda, aunque se viva en la misma casa.<\/p>\n<p>La recibir\u00e1n individualmente los mayores de 25 a\u00f1os sin cargas familiares y los menores de 25 a\u00f1os que est\u00e9n emancipados; es decir, que vivan en un domicilio diferente el familiar.<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <strong>\u00bfQui\u00e9nes la pueden solicitar?<\/strong><\/p>\n<p>A efectos pr\u00e1cticos, todo el ciudadano extreme\u00f1o que vea que en su casa (sumado todo el dinero que reciban todos los miembros de la familia) entran menos de 720 euros al mes, que es la cuant\u00eda m\u00e1xima de la renta b\u00e1sica a la que se puede aspirar. Si el aspirante vive solo y sin cargas familiares ni personas con discapacidad a su cargo, tiene muchas posibilidades de recibirla si cobra menos de 400 euros. Por cierto, <strong>esta ley considera extreme\u00f1o al que ha estado empadronado en alg\u00fan municipio de Extremadura desde al menos el a\u00f1o anterior al momento en el que se solicita la ayuda.<\/strong><\/p>\n<p>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <strong>\u00bfC\u00f3mo se calcula la ayuda para cada caso?<\/strong><\/p>\n<p><strong>La ayuda base se establece en 400 euros.<\/strong> A partir de ah\u00ed se sumar\u00e1n otras cantidades por cada hijo que se tenga, por cada persona con discapacidad en la familia y por si se paga un alquiler o una hipoteca. Sumando todas estas circunstancias se podr\u00e1 recibir como m\u00e1ximo hasta los 720 euros que comentaba anteriormente. Pero al mismo tiempo, <strong>se descontar\u00e1n cantidades por las rentas del trabajo o por las prestaciones que reciba toda la familia, adem\u00e1s de por las propiedades de las que sean titulares todos los miembros<\/strong>. As\u00ed, sumando unos par\u00e1metros y restando otros, se llegar\u00e1 a la cantidad final que corresponda a cada beneficiario.<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <strong>\u00bfEntonces, de cu\u00e1nto ser\u00e1 la ayuda si se cobra una prestaci\u00f3n o pensi\u00f3n?<\/strong><\/p>\n<p><strong>La renta b\u00e1sica es complementaria a \u201ccualquier otro tipo de pensi\u00f3n o prestaci\u00f3n<\/strong>, contributiva o no contributiva, de cualquier r\u00e9gimen o sistema p\u00fablico o privado de protecci\u00f3n social\u201d, dice el texto. Lo \u00fanico, que <strong>la cantidad no puede ser superior a la ayuda<\/strong>. Es decir, si se cobra una pensi\u00f3n de 400 euros y por sus circunstancias (por tener varios hijos, por ejemplo) le \u201csale\u201d una ayuda a percibir de 500 euros, la renta b\u00e1sica que cobrar\u00e1 ser\u00e1 de 100 euros. Eso s\u00ed, como antes comentamos, <strong>la renta b\u00e1sica la recibe la unidad familiar, por lo que para calcular la cuant\u00eda se sumar\u00e1n todos los ingresos (prestaciones y pensiones) de todos los miembros de la familia<\/strong>.<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<strong> \u00bfC\u00f3mo afecta a la ayuda si se tienen propiedades?<\/strong><\/p>\n<p>Dependiendo de cu\u00e1les sean esas propiedades se decretar\u00e1 si el solicitante presenta o no \u201ccarencia de medios econ\u00f3micos\u201d y por lo tanto puede recibir la renta b\u00e1sica. En resumidas cuentas, cuantas m\u00e1s propiedades se tengan, menos ayuda se percibir\u00e1.<\/p>\n<p><strong>No penalizar\u00e1 a la hora de calcular la ayuda la vivienda habitual.<\/strong><\/p>\n<p>S\u00ed computar\u00e1 (y por lo tanto de ello depender\u00e1 que la ayuda sea mayor o menor o que incluso no se conceda) si se tiene otras propiedades diferentes a la vivienda habitual que puedan alquilarse o venderse por una cantidad igual o superior a la ayuda. <strong>Si se tienen, contar\u00e1n como patrimonio y eso perjudicar\u00e1 al solicitante a la hora de que le adjudiquen la ayuda<\/strong>.<\/p>\n<p>Sin embargo, <strong>no penalizar\u00e1 en la ayuda el local donde \u00a0se haya desarrollado la actividad laboral<\/strong> que generaba los ingresos de la familia durante los \u00faltimos cuatro a\u00f1os y durante un m\u00ednimo de seis meses seguidos. Es muy importante tener en cuenta que no computar\u00e1 como patrimonio al menos <strong>durante los primeros seis meses de la percepci\u00f3n de la renta b\u00e1sica<\/strong>. Despu\u00e9s, s\u00ed se considerar\u00e1 como patrimonio del beneficiario. Hay que recordar que <strong>la ayuda se renueva cada 6 meses<\/strong>.<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <strong>No rechazar ofertas de empleo y comunicar cualquier cambio.<\/strong><\/p>\n<p>Una vez que se ha recibido la ayuda, el titular de \u00e9sta est\u00e1 obligado a cumplir una serie de requisitos. Entre ellos, no rechazar ofertas de empleo para las que est\u00e9 capacitado, hacer los cursos de inserci\u00f3n laboral que se le asignen y comunicar cualquier cambio de su situaci\u00f3n y de su familia que pueda suponer un cambio en la cuant\u00eda de la ayuda. Por ejemplo si hay un aumento o disminuci\u00f3n del n\u00famero de miembros de la unidad familiar. <strong>La ley considera una disminuci\u00f3n de miembros si alguno de los que forman la unidad familiar se ausenta del domicilio durante m\u00e1s de 30 d\u00edas si no es por enfermedad o una causa \u201cinexcusable\u201d.<\/strong><\/p>\n<p>Debe comunicarse tambi\u00e9n si alguno de los miembros de la familia consigue un trabajo, aunque sea temporal. En este caso se suspender\u00eda la recepci\u00f3n de la ayuda durante el tiempo que se est\u00e9 trabajando y se reactivar\u00eda una vez que se dejara de trabajar. En Extremadura ser\u00e1 habitual durante las campa\u00f1as agr\u00edcolas.<\/p>\n<p>La ley tambi\u00e9n recoge la obligaci\u00f3n de escolarizar a los hijos, por lo que <strong>los beneficiarios deben justificar cada ausencia de los ni\u00f1os en colegio.<\/strong><\/p>\n<p>No cumplir todo esto puede suponer hasta la extinci\u00f3n de la ayuda.<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <strong>Controlar la picaresca<\/strong><\/p>\n<p>Por su complejidad y por la responsabilidad que otorga a los propios perceptores de la ayuda (porque tienen que ser ellos quienes comuniquen cualquier cambio), esta ley est\u00e1 muy expuesta a la picaresca y al fraude. Habr\u00e1 casos <strong>desde los que se empadronar\u00e1n en otros domicilios, pasando por quienes decidan darse de baja como pareja de hecho para cobrar dos ayudas en vez de una, hasta quienes no comuniquen peque\u00f1os trabajos temporales para poder recaudar m\u00e1s<\/strong>. Los responsables que trabajan para poner en marcha esta ley en la Consejer\u00eda de Salud y Pol\u00edtica Social me cuentan que son conscientes de que se pueden dar casos de picaresca. Por eso llaman a la \u201cresponsabilidad\u201d de los beneficiarios porque \u201ces un esfuerzo de todos y un ejercicio de solidaridad del resto de los extreme\u00f1os que pagar\u00e1n esta ayuda con sus impuestos\u201d.<\/p>\n<p>Para controlar que no haya fraude, trabajar\u00e1n conjuntamente las consejer\u00edas de Salud, la de Educaci\u00f3n, el Sexpe y los <strong>trabajadores sociales<\/strong>. \u00c9stos \u00faltimos <strong>podr\u00e1n hacer visitas sorpresa por los domicilios para evitar la picaresca<\/strong>.<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; &nbsp; &nbsp; Aunque se la conoce como \u201cRenta B\u00e1sica\u201d, en realidad se llama\u00a0Renta B\u00e1sica de Inserci\u00f3n. Est\u00e1 asociada, por lo tanto, a que los que se beneficien de esta ayuda acaben encontrando trabajo. Y tras leer detenidamente el texto que entr\u00f3 en vigor el pasado 23 de mayo, uno se da cuenta de que [&hellip;]<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on get_the_excerpt --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on get_the_excerpt --><\/p>\n","protected":false},"author":106,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[3,5],"tags":[57,58,73,146,233,239,264,361,424,427,434,450,493,494,495,521,534,535,596],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogs.hoy.es\/eneltintero\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/495"}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogs.hoy.es\/eneltintero\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogs.hoy.es\/eneltintero\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.hoy.es\/eneltintero\/wp-json\/wp\/v2\/users\/106"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.hoy.es\/eneltintero\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=495"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/blogs.hoy.es\/eneltintero\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/495\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogs.hoy.es\/eneltintero\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=495"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.hoy.es\/eneltintero\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=495"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.hoy.es\/eneltintero\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=495"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}