{"id":66,"date":"2012-07-16T01:47:40","date_gmt":"2012-07-16T00:47:40","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.hoy.es\/extredato\/?p=66"},"modified":"2012-07-16T01:47:40","modified_gmt":"2012-07-16T00:47:40","slug":"la-ley-extremena-prohibe-a-las-electricas-repercutir-el-impuesto-a-los-consumidores","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.hoy.es\/extredato\/2012\/07\/16\/la-ley-extremena-prohibe-a-las-electricas-repercutir-el-impuesto-a-los-consumidores\/","title":{"rendered":"La ley extreme\u00f1a proh\u00edbe a las el\u00e9ctricas repercutir el impuesto a los consumidores"},"content":{"rendered":"<p>El reci\u00e9n aprobado <a href=\"http:\/\/www.boe.es\/diario_boe\/txt.php?id=BOE-A-2012-9364\" rel=\"external nofollow\">Real Decreto-ley<\/a> de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad ha levantado la pol\u00e9mica, entre otros motivos, por obligar a las compa\u00f1\u00edas el\u00e9ctricas a repercutir el coste de los impuestos auton\u00f3micos en los consumidores de esos territorios.<\/p>\n<p>Hasta ahora, la <a href=\"http:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-1997-25340&#038;p=20120331&#038;tn=0\" rel=\"external nofollow\">Ley del Sector El\u00e9ctrico<\/a> permit\u00eda incluir &#8220;un suplemento territorial&#8221; en los peajes de acceso o en las tarifas de \u00faltimo recurso para los consumidores de las regiones con tributos propios que gravan &#8220;las actividades el\u00e9ctricas&#8221;. Pero &#8220;ante la proliferaci\u00f3n de distintos tributos sobre las actividades de suministro el\u00e9ctrico&#8221;, el Gobierno considera que se est\u00e1n provocando &#8220;distorsiones para la unidad de mercado&#8221;, porque las empresas incurren en distintos costes seg\u00fan la regi\u00f3n donde se ubiquen sus instalaciones, y que el conjunto de consumidores de \u00e1mbito nacional pueden verse afectados por el coste adicional que suponen los tributos de determinadas autonom\u00edas. Por eso, ha decidido modificar la Ley para convertir en obligatorio ese &#8220;suplemento territorial&#8221; que pagar\u00e1n los consumidores de las respectivas comunidades con tributo propio.<\/p>\n<p>En el caso extreme\u00f1o, este cambio normativo ya ha suscitado la <a href=\"http:\/\/www.hoy.es\/prensa\/20120716\/regional\/psoe-contra-decision-gobierno-20120716.html\" rel=\"external nofollow\">cr\u00edtica de todos los partidos pol\u00edticos<\/a>, que ya anuncian recurso de inconstitucionalidad porque afecta al impuesto sobre instalaciones que incidan en el medio ambiente (generalmente conocido como &#8216;impuesto a las el\u00e9ctricas&#8217;). Pero la cuesti\u00f3n no reside s\u00f3lo en la dudosa legalidad de que el Estado obligue a las el\u00e9ctricas a repercutir el coste de este impuesto en la factura de los consumidores extreme\u00f1os.<\/p>\n<p>El problema es que la propia legislaci\u00f3n auton\u00f3mica impide que las empresas hagan recaer el coste en los ciudadanos. El art\u00edculo 16.2 del <a href=\"http:\/\/noticias.juridicas.com\/base_datos\/CCAA\/ex-dleg2-2006.html\" rel=\"external nofollow\">Decreto Legislativo\u00a02\/2006<\/a>, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura en materia de Tributos Propios se\u00f1ala sin lugar a dudas: &#8220;Queda expresamente prohibida la repercusi\u00f3n del presente Impuesto a los consumidores sin que esta prohibici\u00f3n pueda ser alterada mediante pactos o acuerdos en contrario entre las partes&#8221;.<\/p>\n<p>Surge, por tanto, un choque de competencias entre el Estado y la Comunidad Aut\u00f3noma, por la contradicci\u00f3n existente entre dos normas con rango de ley, una estatal y otra auton\u00f3mica, lo cual obliga a apelar al Tribunal Constitucional.<\/p>\n<p>Los letrados de la Junta de Extremadura y de la Asamblea tendr\u00e1n que estudiar ahora si el mecanismo oportuno para defender los intereses de los extreme\u00f1os es formular un conflicto positivo de competencias (en cuyo caso la iniciativa ser\u00eda del Ejecutivo auton\u00f3mico) o presentar un recurso de inconstitucionalidad (lo puede hacer tanto el Gobierno regional como el Parlamento). Pero lo que parece claro es que hay una intromisi\u00f3n del Gobierno central en la regulaci\u00f3n de un tributo auton\u00f3mico.<\/p>\n<p>El establecimiento de impuestos de car\u00e1cter regional es una potestad amparada en el art\u00edculo 156.1 de la Constituci\u00f3n -que reconoce que las comunidades &#8220;gozar\u00e1n de autonom\u00eda financiera para el desarrollo y ejecuci\u00f3n de sus competencias con arreglo a los prinipios de coordinaci\u00f3n con la Hacienda estatal y de solidaridad entre todos los espa\u00f1oles&#8221;- y en los art\u00edculo 4.1 y 6 de la <a href=\"http:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-1980-21166&#038;p=20120430&#038;tn=0\" rel=\"external nofollow\">Ley Org\u00e1nica de Financiaci\u00f3n de las Comunidades Aut\u00f3nomas<\/a> (LOFCA), que establece que las comunidades &#8220;podr\u00e1n establecer y exigir sus propios tributos&#8221;, con la \u00fanica limitaci\u00f3n de que no recaigan sobre hechos imponibles ya gravados por el Estado o por tributos locales. Sobre este aspecto ya se ha pronunciado en reiteradas ocasiones el Tribunal Constitucional; sin ir m\u00e1s lejos, en la <a href=\"http:\/\/www.tribunalconstitucional.es\/es\/jurisprudencia\/Paginas\/Sentencia.aspx?cod=8975\" rel=\"external nofollow\">sentencia 179\/2006<\/a> en la que declar\u00f3 inconstitucional la redacci\u00f3n inicial del propio impuesto sobre instalaciones que incidan en el medio ambiente, creado en 1997 y modificado en 2005.<\/p>\n<p>Tendr\u00e1 que ser de nuevo el Tribunal Constitucional el que se pronuncie sobre el &#8216;impuesto a las el\u00e9ctricas&#8217; (mal llamado as\u00ed, porque tambi\u00e9n lo pagan las compa\u00f1\u00edas de telecomunicaciones) para aclarar en esta ocasi\u00f3n si el Estado puede imponer una modificaci\u00f3n como esta que afecta a la forma de aplicar un tributo propio de una comunidad aut\u00f3noma.<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El reci\u00e9n aprobado Real Decreto-ley de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad ha levantado la pol\u00e9mica, entre otros motivos, por obligar a las compa\u00f1\u00edas el\u00e9ctricas a repercutir el coste de los impuestos auton\u00f3micos en los consumidores de esos territorios. 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