{"id":116,"date":"2012-03-30T12:15:01","date_gmt":"2012-03-30T12:15:01","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.hoy.es\/mislioslegales\/?p=116"},"modified":"2012-03-30T12:15:01","modified_gmt":"2012-03-30T12:15:01","slug":"promotoras-que-no-pagan-la-comunidad-y-vecinos-que-barren-las-escaleras","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.hoy.es\/mislioslegales\/2012\/03\/30\/promotoras-que-no-pagan-la-comunidad-y-vecinos-que-barren-las-escaleras\/","title":{"rendered":"Promotoras que no pagan la comunidad y vecinos que barren las escaleras"},"content":{"rendered":"<div id=\"attachment_120\" style=\"width: 310px\" class=\"wp-caption alignright\"><a href=\"\/mislioslegales\/wp-content\/uploads\/sites\/14\/2012\/03\/escalera3.jpg\"><img aria-describedby=\"caption-attachment-120\" loading=\"lazy\" class=\"size-medium wp-image-120 \" title=\"Hueco de una escalera de una comunidad de vecinos.\" src=\"\/mislioslegales\/wp-content\/uploads\/sites\/14\/2012\/03\/escalera3.jpg\" alt=\"Hueco de una escalera de una comunidad de vecinos.\" width=\"300\" height=\"202\" srcset=\"https:\/\/static-blogs.hoy.es\/wp-content\/uploads\/sites\/14\/2012\/03\/escalera3.jpg 1460w, https:\/\/static-blogs.hoy.es\/wp-content\/uploads\/sites\/14\/2012\/03\/escalera3-300x202.jpg 300w, https:\/\/static-blogs.hoy.es\/wp-content\/uploads\/sites\/14\/2012\/03\/escalera3-768x518.jpg 768w, https:\/\/static-blogs.hoy.es\/wp-content\/uploads\/sites\/14\/2012\/03\/escalera3-1024x691.jpg 1024w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a><p id=\"caption-attachment-120\" class=\"wp-caption-text\">Hueco de una escalera de una comunidad de vecinos.<\/p><\/div>\n<h2>Una amiga compr\u00f3 un piso nuevo de protecci\u00f3n oficial en Badajoz hace ahora un a\u00f1o. Todo marchaba como la seda tras conseguir una hipoteca para su luminosa vivienda de unos 72.000 euros, 80 metros cuadrados y tres habitaciones.<\/h2>\n<h2>Pero como las buenas noticias nunca suelen ser plenas, despu\u00e9s de todo el papeleo se top\u00f3 con una <strong>desagradable sorpresa<\/strong>. Sin apenas haber estrenado la casa ni convivido con los vecinos, la comunidad le daba la \u2018bienvenida\u2019 llam\u00e1ndola <strong>morosa<\/strong>. Solo unos meses despu\u00e9s de la firma de las escrituras, su nombre rezaba en una lista negra en la que le reclamaban varias cuotas impagadas, no por ella, sino <strong>por el anterior propietario: la promotora<\/strong>. Despu\u00e9s de la incredulidad inicial, y de intentar argumentar que esa deuda no era suya, el administrador de fincas le confirmaba que tiene que pagar. Una respuesta que tiene su base legal.<\/h2>\n<h2>Efectivamente, y por chocante que parezca, el art\u00edculo 9.1 e) de la <a href=\"http:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2012\/03\/01\/pdfs\/BOE-A-2012-2923.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"external nofollow\">Ley de Propiedad Horizontal<\/a> establece que el \u201cadquirente de una vivienda en r\u00e9gimen de propiedad horizontal responde con el propio inmueble adquirido de las cantidades adeudadas a la comunidad para el sostenimiento de los gastos generales por los anteriores titulares hasta el l\u00edmite de los que resulten imputables a la parte vencida de la anualidad en la cual tenga lugar la adquisici\u00f3n y al a\u00f1o natural inmediatamente anterior, estando el piso legalmente afecto al cumplimiento de esta obligaci\u00f3n\u201d.<\/h2>\n<h2><strong>\u00bfQu\u00e9 quiere decir exactamente el legislador?<\/strong> Para ser m\u00e1s concretos, que al nuevo due\u00f1o le pueden reclamar el pago de cuotas impagadas antes de la compra, tanto en los meses anteriores al del a\u00f1o de la firma del contrato como \u00a0a todo el a\u00f1o anterior. La norma establece adem\u00e1s, que en caso de impago, <strong>te pueden embargar la casa por no pagar<\/strong> esa deuda.<\/h2>\n<h2><a href=\"\/mislioslegales\/wp-content\/uploads\/sites\/14\/2012\/03\/comunidad.jpg\"><img loading=\"lazy\" class=\"alignleft size-full wp-image-122\" title=\"comunidad\" src=\"\/mislioslegales\/wp-content\/uploads\/sites\/14\/2012\/03\/comunidad.jpg\" alt=\"\" width=\"419\" height=\"194\" srcset=\"https:\/\/static-blogs.hoy.es\/wp-content\/uploads\/sites\/14\/2012\/03\/comunidad.jpg 647w, https:\/\/static-blogs.hoy.es\/wp-content\/uploads\/sites\/14\/2012\/03\/comunidad-300x139.jpg 300w\" sizes=\"(max-width: 419px) 100vw, 419px\" \/><\/a>Desde que estallara la <strong>burbuja inmobiliaria<\/strong> y empezara a engordar sobremanera el n\u00famero de viviendas sin vender, las promotoras y constructoras se han sumado a la larga lista de morosos de este pa\u00eds. Son tantos los recibos mensuales que llegan a sus oficinas, que al final quedan pendientes hasta las cuotas de la comunidad y el IBI de tantos y tantos pisos y locales.<\/h2>\n<h2><strong>C\u00e1ndido Serrano<\/strong> es administrador de fincas en Badajoz y conoce bien esta nueva casu\u00edstica. \u00a0\u201cEl problema importante en varias zonas es el impago de las promotoras una vez entregada la vivienda. Se dan circunstancias en las que la promotora posee el 50-70% de viviendas de la comunidad y ha dejado de pagar\u201d. La situaci\u00f3n es tan grave en algunos inmuebles, que en algunas zonas de Badajoz \u201chay comunidades en las que los vecinos est\u00e1n limpiando las escaleras, cortando el c\u00e9sped o manteniendo el agua de la piscina\u201d.<\/h2>\n<h2>\u201cHace unos a\u00f1os esto no exist\u00eda puesto que estaba todo vendido antes de la entrega y ahora, dos, tres, o cuatro a\u00f1os despu\u00e9s de la finalizaci\u00f3n de obra, queda mucho por vender\u201d, explica Serrano.\u00a0Los bancos, que tambi\u00e9n poseen para su desgracia una enorme bolsa de pisos sin vender, \u201chabitualmente s\u00ed pagan la comunidad, aunque no son rigurosos cumpliendo el periodo de pago mensual que el resto de vecinos s\u00ed respeta\u201d.<\/h2>\n<h2><strong>\u00bfQu\u00e9 debe hacer el nuevo propietario antes de firmar las escrituras?<\/strong><\/h2>\n<h2>Si no quiere verse obligado a pagar la deuda de otro, el comprador de una vivienda debe ser precavido y <strong>solicitar al administrador de fincas un certificado de deudas<\/strong> o, si no se lo facilitan, ser\u00eda el vendedor quien est\u00e1 obligado a solicitarlo. Se puede exigir ante el notario cuando se vaya a firmar la compraventa.<\/h2>\n<h2><strong>\u00bfC\u00f3mo actuar cuanto ya somos due\u00f1os del piso y nos reclaman la deuda de otro?<\/strong><\/h2>\n<h2>El propietario nuevo (si desconoc\u00eda la deuda pendiente) <strong>debe reclamar<\/strong>, quedando constancia de dicha reclamaci\u00f3n, la cantidad del impago al vendedor. Si el proceso monitorio es ejecutado contra este propietario, \u00e9ste debe pagar la deuda y posteriormente entablar otra acci\u00f3n judicial contra el vendedor, la promotora en este caso.<\/h2>\n<h2><strong>\u00bfQu\u00e9 consecuencias puede acarrear al propietario no pagar la deuda de comunidad que dej\u00f3 a deber el anterior due\u00f1o?<\/strong><\/h2>\n<h2>C\u00e1ndido Serrano se\u00f1ala que al due\u00f1o \u201cno se le puede privar en ning\u00fan caso de servicios comunes\u201d.\u00a0 Lo que tendr\u00e1 que hacer el nuevo propietario si ya ha sido demandado por la comunidad es <strong>pagar<\/strong>. \u201cAbonar el \u00faltimo a\u00f1o antes de la compra de la vivienda junto con los gastos que ocasione la demanda judicial\u201d.<\/h2>\n<h2>Este tipo de procesos monitorios suelen \u201cser r\u00e1pidos (unos meses) y efectivos\u201d. Obviamente, \u201csi no abona la deuda una vez agotado el plazo de 20 d\u00edas desde que le llega la reclamaci\u00f3n judicial, la comunidad tiene la posibilidad de ejecutar el bien m\u00e1s realizable, es decir, de embargar el bien\u201d.<\/h2>\n<h2><strong>El papel de los administradores de fincas<\/strong><\/h2>\n<h2>Los administradores de fincas tienen un papel fundamental para <strong>evitar o poner soluci\u00f3n a desagradables \u2018sorpresas\u2019<\/strong> tanto para los propietarios como para la comunidad. \u00a0\u201cExisten seguros especiales de impagos que puede contratar la comunidad, pero lo fundamental es que se haga un seguimiento continuo de las devoluciones de recibos, que se tramiten muy escrupulosamente los expedientes para la interposici\u00f3n del proceso monitorio y que se d\u00e9 traslado fehaciente de las deudas a los vecinos\u201d, concluye Serrano.<\/h2>\n<h2>Desde el <strong>Colegio de Administradores de Fincas de Extremadura<\/strong> est\u00e1n tambi\u00e9n &#8220;muy preocupados por esta situaci\u00f3n&#8221; y por ello su programa de formaci\u00f3n continua para sus colegiados \u00a0est\u00e1 poniendo el foco en este asunto. Pr\u00f3ximamente har\u00e1n p\u00fablico el <strong>Estudio sobre la Morosidad de las Comunidades de Propietarios en Extremadura<\/strong>, &#8220;que dar\u00e1 reflejo exhaustivo de esta grave situaci\u00f3n en nuestra comunidad\u201d.<\/h2>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Una amiga compr\u00f3 un piso nuevo de protecci\u00f3n oficial en Badajoz hace ahora un a\u00f1o. Todo marchaba como la seda tras conseguir una hipoteca para su luminosa vivienda de unos 72.000 euros, 80 metros cuadrados y tres habitaciones. 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