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Fernando Luna

Al Derecho y al Revés

¿QUÉ PODEMOS HACER EN LA FASE I DE LA DESESCALADA?

Hace escasos minutos se ha publicado en los medios de comunicación digitales que Extremadura pasa a la fase I de “desescalada” el próximo lunes día 11, en función del plan de transición hacia la “nueva normalidad” aprobado por el Gobierno. Pues bien, para aclarar este galimatías de fases trataré de exponer en qué consiste esta primera, de modo que quede claro qué se puede y qué no se puede hacer.

¿Podré ver a mi familia? Sí, salvo que el familar hay dado positivo por coronavirus o esté en aislamiento (cuarentena).

¿Hasta cuántas personas podrán reunirse? Se permiten reuniones de hasta diez personas. Tendrán que mantener la distancia de seguridad de dos metros y respetar las normas de higiene relativa a lavado de manos y de etiqueta respiratoria (toser en la flexión del codo y evitar aglomeraciones).

¿Dónde podrán celebrarse esas reuniones? Tanto en casa como en la calle. Por su parte, se podrá comprar en tiendas sin tener cita, como era obligado hasta ahora.

¿Se abren los bares y restaurantes? Sí, siempre y cuando encuentren sitio para hacerlo, porque solo se podrá ocupar el 50 % de las mesas, tendrá que haber una distancia mínima de dos metros entre estas y los grupos de clientes no pueden superar las diez personas. Además, habrá que desinfectar las mesas entre un cliente y otro, y no se podrán utilizar cartas de uso común ni servilleteros.

¿Cuántas personas pueden desplazarse en un mismo coche a la vez? Los habitantes de un mismo domicilio pueden compartir un coche de hasta nueve plazas, según ya expuse en este post.

¿Qué tiendas pueden abrir? Solo los comercios de menos de 400 metros cuadrados, si bien hasta un máximo del 30 % de su aforo, debiendo mantenrse la distancia de seguridad mínima de dos metros. Los locales deberán desinfectarse dos veces al día el local.

¿Puede acudirse a un velatorio? Se permiten, pero con un máximo de 15 personas si son al aire libre y de 10 en lugares cerrados.

¿Se podrá acudir a entierros? Sí, pero los asistentes se limita a un máximo de 15 personas.

¿Se puede ir a la iglesia? Sí, pero con una afluencia de parroquianos que no supere un tercio del aforo.

¿Se reabrirán los mercadillos? Sí, siempre que se observe la distancia de dos metros entre los puestos, exista un control de aforo de una tercera parte del habitual y se limite al 25 % el número de puestos.

¿Se podrá salir de la provincia? No.

¿Estará permitido el baño en piscinas? No, tanto en las piscinas públicas como en la de clubes colectivos privados.

¿Pueden abrirse los gimnasios? Sí, pero solo para actividades al aire libre. Las actividades deportivas individuales requierán cita; en cualquier caso, está prohíbo el contacto físico y el uso de vestuarios.

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Sobre el autor

Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense. Abogado especialista en derecho civil, mercantil, penal y agrario, así como en mediación familiar judicial y extrajudicial. En este blog pretende explicar con un lenguaje claro la actualidad jurídica y judicial tanto extremeña como nacional e internacional. Puede enviar sus sugerencias a blogdefernandoluna@gmail.com o a través de la siguiente web: www.luna-ferrezuelo.com


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