Pienso que aquel en quien el sentimiento de la vergüenza ha muerto, es hombre perdido
Plauto
18 años. El juez Pablo Ruz acredita en un auto que el Partido Popular mantuvo durante 18 años una contabilidad en dinero negro. Las consecuencias políticas en un país normal del entorno europeo hubieran sido dimisiones en cascada. En España, no ha pasado nada. La escueta respuesta de los dirigentes populares es que esa información ya era conocida y descargar las responsabilidades en el exgerente y extesorero Luis Bárcenas. Para buena parte de los políticos del Partido Popular en Génova la asunción de responsabilidades o la rendición de cuentas son conceptos éticos fuera de su ámbito de actuación a pesar de el juez apunta que el sistema de contabilidad “B” o paralela llevado a cabo por el gerente y tesorero del Partido Popular determinaba que los fondos económicos que ilegalmente habrían sido recibidos, con absoluta falta de transparencia y sin cumplir con la legislación vigente para el pago de retribuciones, complementos de sueldo o compensaciones a personas vinculadas con el Partido; el pago de gastos generados en campañas electorales; el pago de distintos servicios y gastos en beneficio del Partido o relacionados con su actividad; así como a integrar el saldo de las cuentas de donativos anónimos y nominativos del Partido, por lo que se podría habar de la comisión de presuntos delitos de falsedad contable, presuntos delitos electorales y un un presunto delito contra la Hacienda Pública . En las 190 páginas del auto de Ruz hay párrafos para el sonrojo:
FUENTES DE FINANCIACIÓN AJENAS AL CIRCUITO ECONÓMICO LEGAL
“De las diligencias practicadas en sede instructora ha quedado indiciariamente acreditado cómo la formación política PARTIDO POPULAR (PP), desde 1990 y hasta al menos el año 2008, habría venido sirviéndose de diversas fuentes de financiación ajenas al circuito económico legal, lo que habría conducido a que la referida formación operase, durante el periodo temporal objeto de investigación y en los términos que posteriormente se concretarán, con varios sistemas de cuentas que registraron corrientes financieras de entradas y salidas de dinero (ingresos y pagos) al margen de la contabilidad oficial declarada por el Partido y presentada ante el Tribunal de Cuentas, funcionando las referidas cuentas a modo de contabilidades paralelas, cajas de dinero en efectivo o “Cajas B” –denominación indiciaria atribuida por no aparecer asentados lo pagos que integrarían las mismas en los libros contables, ni declarados a la Hacienda Pública-“.
CONTABILIDAD PARALELA O CAJA B NUTRIDA DE DONATIVOS
“Bajo dicho marco de actuación, de lo instruido aparece indiciariamente acreditada la llevanza por parte del imputado Luis BÁRCENAS GUTIÉRREZ, prevaliéndose al efecto de sus cargos de Gerente y Tesorero de la formación política PARTIDO POPULAR (PP) -puestos que ocupó desde el año 1990 hasta el 2009-, junto con el imputado Álvaro DE LAPUERTA QUINTERO (quien fuera tesorero del Partido Popular desde el año 1993 hasta el año 2008) de una contabilidad paralela o “Caja B” del referido Partido político entre los años 1990 a 2008, que se habría nutrido de donativos o aportaciones ajenos a la contabilidad oficial, y que, de acuerdo a lo indiciariamente acreditado, habría sido destinada, al menos, a los siguientes fines: a) al pago de retribuciones, complementos de sueldo o compensaciones a personas vinculadas con el Partido; b) al pago de gastos generados en campañas electorales; c) al pago de distintos servicios y gastos en beneficio del Partido o relacionados con su actividad; d) así como a integrar el saldo de las cuentas de donativos anónimos y nominativos del Partido, en los términos que posteriormente se concretarán”.
VULNERACIÓN DE LA NORMATIVA REGULADORA DE LA FINANCIACIÓN DE PARTIDOS POLÍTICOS
“Consta indiciariamente acreditada la existencia de una caja B en el Partido Popular que funcionó al menos desde el año 1990 y hasta el año 2008, nutrida con carácter general de donativos o aportaciones efectuadas al margen de la contabilidad oficial presentada por la formación política al Tribunal de Cuentas, y con vulneración de la normativa reguladora de la financiación de Partidos Políticos (constituida en el periodo de referencia por la Ley Orgánica 3/1987, de 2 de julio, sobre Financiación de los Partidos Políticos, que fue posteriormente derogada por la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre Financiación de los Partidos Políticos, con entrada en vigor el 6 de julio de 2007), siendo efectuadas por personas relacionadas con entidades beneficiarias de importantes adjudicaciones públicas“.
DINERO EN EFECTIVO DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN
[Bárcenas y Lapuerta] “Ambos recibían dinero en efectivo por parte de diversas personas físicas, vinculadas a sociedades del sector de la construcción, en su mayoría, adjudicatarias de contratos públicos, el cual era considerado como aportaciones o donaciones realizadas por los mismos que hacían entrega de la cantidad en efectivo, y de forma personal. Parte de este dinero tenía entrada en la caja B del Partido, y se registraba en la contabilidad paralela“.
INGRESOS FRACCIONADOS PARA CUMPLIR LO LEGALMENTE PERMITIDO
“Este dinero era ingresado en efectivo, fraccionando las cantidades en tantos abonos como fuesen necesarios para no superar la cuantía de 10.000.000 de pesetas o 60.000,00€, límite máximo anual inicialmente establecido por Ley como aportación privada por donante y que a partir del 6.07.07 se situaría en los 100.000 euros. Así, de la instrucción practicada se constata, una vez observadas las fechas de los referidos ingresos, cómo en un mismo día se podían realizar varias operaciones de ingresos fraccionadas, resultando la suma de todas ellas de un importe superior al legalmente permitido”…. “entre los años 2002 y 2007 se registran diferentes salidas de fondos, procedentes de la contabilidad paralela o “caja B” del Partido hacia la cuentas bancarias de la formación política en las entidades de crédito Banco de Vitoria y Banco Popular, destinadas exclusivamente al ingreso de las donaciones percibidas entre los años antes referidos (2002-2007)”… “se formalizarían a través de quince operaciones por importes cuya cuantía oscila entre 5.395€ y 206.900€, siendo nueve de ellas superiores al límite de 60.000€ (10.000.000 pesetas) impuesto por el artículo 5.3.b de la Ley Orgánica 3/1987 de Financiación de los Partidos Políticos”.
PRÁCTICAS PARA ELUDIR EL CONTROL DEL TRIBUNAL DE CUENTAS
“A partir de los catorce movimientos de fondos expuestos, la existencia de una actuación persistente en el tiempo, mediante la cual 33 donaciones nominativas anotadas en los registros contables opacos a cargo de los imputados Sres. Bárcenas y Lapuerta, veintiuna de las cuáles superaban el umbral de 60.000€, a través de la dinámica antes descrita quedaron transformadas en ingresos diluidos en la cuenta de donativos anónimos, al objeto de permitir la elusión por la formación política del control por el Tribunal de Cuentas sobre el cumplimiento los límites máximos de aportación impuestos por la normativa reguladora de la financiación de los partidos políticos entonces vigente, así como sobre la eventual vinculación de los donantes con empresas privadas que mantuvieren contratos vigentes con las Administraciones Públicas”.
PAGO CON LA CAJA B A EMPLEADOS DEL PARTIDO
“Sin perjuicio del conjunto de aplicaciones registradas en los soportes contables opacos objeto de investigación, que aparecen reproducidas durante todo el periodo de tiempo comprendido entre 1990 y 2008, en la instrucción ha quedado indiciariamente acreditada la percepción de cantidades procedentes de la “Caja B” de la formación política por parte de personas empleadas o vinculadas al Partido”.
PAGO EN B DE LA CAMPAÑA DE LUIS BÁRCENAS AL SENADO
“Tales aportaciones económicas procedentes de la “Caja B” llevada en la Sede Central de la formación tuvieron por destino los correspondientes ingresos en cuenta oficial de donativos regional, como ocurrió en el caso de las entregas para ayudar a financiar la campaña electoral del propio Luis Bárcenas Gutiérrez como cabeza de lista al Senado por Cantabria”.
APORTACIONES EN B PARA CAMPAÑAS ELECTORALES
“Los movimientos señalados anteriormente aparecerían indiciariamente vinculados a aportaciones para las campañas electorales en los siguientes procesos electorales, a partir de las fechas y datos registrados en la contabilidad opaca: elecciones catalanas el 16/11/2003; generales y andaluzas el 14/03/2004; europeas en junio de 2004, y generales y andaluzas el 09/03/2008“.
PAGO EN NEGRO DE LA COMPRA Y REFORMA DE SEDES DEL PP
“Sin perjuicio de las aplicaciones de fondos de la caja B del Partido Popular que serían empleadas para el pago de una importante parte de las obras de reforma de la sede principal de la formación política, sita en la calle Génova 13 de 42 Madrid, ejecutadas por la empresa UNIFICA SERVICIOS INTEGRALES S.L. entre 2005 y 2010 –que por su extensión y desarrollo será objeto de un apartado específico seguidamente-, la instrucción practicada ha permitido constatar indiciariamente la aplicación de distintos fondos ajenos al circuito económico legal, controlados por Luis Bárcenas y Álvaro De Lapuerta, para el pago de distintos servicios y gastos en beneficio del Partido, pudiendo mencionarse, entre las indiciariamente acreditadas, las siguientes corrientes monetarias: Operaciones relativas al pago de las cuotas de la hipoteca por la compra y la reforma de la sede regional de Vizcaya (años 1999-2005)“… “Operaciones relativas a la adquisición de la nueva sede del Partido Popular de La Rioja (año 2008)“.
OTROS PAGOS CON DINERO B
“Aplicaciones a que habrían sido destinados los fondos integrantes de la Caja “B” del Partido, se encontrarían, al menos, las siguientes, destinadas en su mayor parte a satisfacer determinados servicios girados a favor de la formación política, sin el correlativo reflejo en la contabilidad de la Sede Central del PP, y que además de resultar consignadas en los soportes contables opacos por parte de Luis Bárcenas, resultan indiciariamente corroboradas por los soportes documentales aportados por el mismo a la instrucción:
– Pago de 170.000 pesetas en enero de 1992 a presentadora de televisión por participación en acto electoral del Partido.
– Pagos por importe conjunto de 2.800.000 pesetas, en los meses de marzo y mayo de 1992, a catedrático por la confección de estudios políticos para el Partido.
– Pago parcial de dictamen de abogado, en el mes de junio 1992, por importe de 3.000.000 ptas.
– Pago de 2.000.000 ptas por servicios facturados por el Instituto de Estudios Sociales, SRL, en septiembre de 1992.
– Pago de 400.000 ptas, documentado en dos recibos girados por la notaría de Francisco Lucas Fernández en el mes de octubre de 1992, por importe cada uno de 200.000 ptas, por gastos de notaría, impuestos e inscripción en el Registro de la Propiedad de las sociedades Vídeo Soluciones S.A. y Ediciones Cono Sur S.A”.
SIN TRIBUTAR EL IMPUESTO DE SOCIEDADES EN 2008
“El Partido Popular, que no presentó declaración por el Impuesto de Sociedades correspondiente al ejercicio de 2008 ni efectuó pago alguno a cuenta por este tributo en dicho ejercicio –presentando ante la AEAT modelo 036 en fecha 27.10.2009 en que solicitaba la baja de la obligación de presentar el Impuesto de Sociedades con efectos de 1.01.2008, como consecuencia de lo regulado en los arts. 10 y 11 de la LO 8/2007, documento firmado por el entonces gerente Cristóbal Páez Vicedo en representación del Partido Popular-, habría dejado de declarar ante la Hacienda Pública el importe del conjunto de las donaciones recibidas por la formación política durante el año 2008, las cuales aparecen anotadas en los registros contables opacos a cargo de Luis Bárcenas (y también hasta junio de 2008 de Álvaro De Lapuerta Quintero), sin cumplir con los presupuestos, requisitos y limitaciones, tanto formales como materiales, establecidos en la normativa vigente reguladora de la financiación de los Partidos Políticos (LO 8/2007)”.
FRAUDE A HACIENDA DE 220.167,04 €
“Resultando de todo ello que, del total de las donaciones presuntamente recibidas y no declaradas en 2008, y sin perjuicio de otras aplicaciones también acreditadas (así, las respectivas entregas de 6.000 € a Luis Fraga en fecha 14.02.08 y a Cristóbal Páez en fecha 2.06.08), parte de aquéllas habrían sido destinadas al pago parcial de la cantidad de 888.000 € con que fueron retribuidos de forma opaca algunos de los trabajos ejecutados por UNIFICA al PP al margen de la facturación y contabilidad oficial, en los términos previamente descritos, procediendo en consecuencia la mayor parte de tales pagos del conjunto de las donaciones contrarias a la legalidad recibidas en el Partido en la referida anualidad, integrando la “caja B” de la formación política, de lo que cabría concluir de forma indiciaria que por parte del Partido Popular, habiéndose omitido la presentación de la declaración del Impuesto de Sociedades correspondiente a 2008 que recogiera las referidas donaciones ilegales, se habría dejado de ingresar ante la Hacienda Pública una cuota de, al menos, 220.167,04 €, y ello sin perjuicio del eventual incremento de dicha cuota, al alcanzar indiciariamente el total de las donaciones presuntamente recibidas por el Partido en 2008, registradas en los soportes contables opacos y no sujetas por tanto a los criterios de transparencia legalmente exigidos, la cuantía de 1.055.000€“.
COMPRA DE ACCIONES DE LIBERTAD DIGITAL CON DINERO NEGRO
“A fin de cumplir esas indicaciones, que fueron trasladadas a Álvaro De Lapuerta y de las que también tomó conocimiento Luis Bárcenas -tras reunirse el entonces Secretario General Ángel Acebes Paniagua con Alberto Recarte, Presidente de LIBERTAD DIGITAL SA, al objeto de tomar conocimiento del interés del medio por contar con la colaboración del Partido Popular para la difusión del proceso de ampliación de capital-, aquéllos procedieron a contactar con distintas personas, algunas de la más estrecha confianza de Luis BÁRCENAS, como el empleado del Partido y hoy fallecido Francisco Yáñez Román, a quienes procedieron a entregar fondos de la “Caja B” del PARTIDO POPULAR destinados a suscribir, en su nombre, acciones de la referida sociedad, con el compromiso de que tales acciones pudieren transferirse posteriormente a terceras personas, ocultando así la identidad del verdadero aportante de los fondos”.
RESPONSABILIDAD CIVIL SUBSIDIARIA DEL PARTIDO POPULAR
“Se deriva la presunta responsabilidad civil subsidiaria de UNIFICA SERVICIOS INTEGRALES S.L. por los hechos de los que cabe tener por presuntos responsables a sus administradores y socios Gonzalo Urquijo y Belén García, así como a su empleada Laura Montero, así como del PARTIDO POPULAR respecto de los hechos por los que cabe tener por presuntos responsables a sus empleados Luis Bárcenas (en su condición de Gerente y después Tesorero), Álvaro De Lapuerta (en su condición de Tesorero) y Cristóbal Páez (en su condición de adjunto al Gerente, y más tarde Gerente de la formación política)”.