Si, por poner un ejemplo, un servicio médico de cardiología en un hospital del sistema sanitario público alemán atiende a un número determinado de personas, al día o a la semana, con un grado de satisfacción en el servicio elevado y un coste que se considera razonable, un servicio equivalente en España no debe funcionar con unos ratios de eficacia inferiores o con un coste superior; en otro caso, algo pasa: o no se cuenta con los medios materiales adecuados o las personas que prestan el servicio no tienen el perfil idóneo o no se dedica al trabajo el tiempo y la intensidad que sería exigible o, quizás, sea otra la causa o una suma de varias.
El análisis de la calidad de los bienes que se producen o de los servicios que se prestan, así como de los resultados que se obtienen es algo que se analiza en cualquier empresa organizada. Si no se consiguen los objetivos la consecuencia es la adopción de medidas correctoras de forma inmediata, evitando con ello que el problema vaya a mayores. Es decir, se mide la eficacia y la eficiencia de la actividad desarrollada y del beneficio que originan. Hasta ahora en la administración pública esas mediciones y controles no han llevado a consecuencias inmediatas pero en el futuro, limitados los medios con que se cuenta, no habrá más remedio que adoptar las medidas oportunas.
El Informe para la Reforma de las Administraciones Públicas, anunciado por el Gobierno hace unos días, aspira a importantes cambios en el sector público y a veces abruma por las medidas tan ambiciosas que propone. Es bueno fijar objetivos ambiciosos para que la pesada maquinaria pública, un tren con máquina de carbón, pase a ser ágil y con unos consumos de combustible que sean razonables, más propios de un AVE.
La medición de la productividad y la eficiencia en la prestación de los servicios públicos se contempla en el Informe referido (páginas 67 y siguientes), si bien habrá que esperar al desarrollo normativo de dichas mediciones y de sus consecuencias posteriores para conocer si nos vamos acercando a los criterios de eficiencia y eficacia propios de la actividad privada porque el Informe no es muy concreto al respecto.
Para los que nos relacionamos con la Administración desde fuera, haciéndolo no sólo como ciudadanos sino también como profesionales, la eficiencia es uno de los principios, expresamente el artº 103,1 de la Constitución Española cita la eficacia pero no la eficiencia como uno de los principios a los que debe atender el funcionamiento de la administración, que más se echan en falta en el funcionamiento del sector público. Ser eficiente es conseguir con la utilización de unos medios y un coste razonable el fin pretendido, es decir, ser eficaz.
Lo deseable sería, volvamos a nuestro ejemplo, que si el servicio de cardiología no alcanza los ratios exigibles se pongan más medios materiales a su disposición, se hagan los cambios de personas que sean necesarios, se marquen hitos de productividad que se consideren razonables o se adopten otras medidas complementarias y que se pase a una situación de “beneficios”, que en este caso consisten en que los usuarios estén debidamente atendidos en calidad y en plazo, y que el coste de este servicio sea el razonable.
Detectado el problema, las medidas que haya que adoptar deben ponerse en práctica de forma inmediata porque el sistema sólo se justifica si es eficaz pero además, necesariamente, tiene que ser eficiente porque los recursos de la sociedad no son ilimitados. Asimilado por todos, los que están dentro y los que estamos fuera de la Administración, que la eficacia y la eficiencia son los dos ejes fundamentales de los servicios públicos será más fácil asumir los cambios imprescindibles que deben acometerse y que, como tales cambios que son, a veces removerán situaciones que se consideran derechos adquiridos y que no gustarán.