El pasado 11 de junio, la Comisión Europea publicó la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a determinadas normas por las que se rigen las demandas por daños y perjuicios por infracciones de las disposiciones del Derecho de la competencia de los Estados miembros y de la Unión Europea.
La finalidad de esta Directiva es facilitar que consumidores y empresas sean debidamente indemnizados por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia de acuerdos ilegales adoptados entre empresas para reducir la competencia (cárteles) o abusos de posición dominante.
Es posible que alguna de las personas que ahora está leyendo este blog adquiriera durante los años 2001 a 2009 un vehículo. En tal caso, sepa Ud. que puede haber pagado de más por su coche, pues la Comisión Europea considera acreditado que diversas empresas fabricantes de cables eléctricos para coches y que vendían a algunas marcas inflaron artificialmente los precios, con el consiguiente incremento del precio final del vehículo. La multa impuesta por la Comisión a esas empresas fabricantes de componente eléctricos asciende a 141 millones de euros.
Ahora bien, el importe de la multa lo ingresa la Unión Europea y no los consumidores que han resultado finalmente perjudicados, quienes deberán reclamar su indemnización en arduos procesos judiciales.
Por ello, hasta ahora solo una de cada cuatro víctimas de estas infracciones reclamó compensaciones económicas por dichos perjuicios y se trataba, principalmente, de grandes empresas de Alemania, Holanda y Reino Unido.
En cambio, con la Directiva propuesta se facilita a los consumidores el cobro de indemnizaciones al contemplar las siguientes medidas:
La Comisión Europea también ha emitido una recomendación complementaria con el fin de garantizar la posibilidad de presentar un recurso colectivo, de forma que todas las demandas individuales referidas a un mismo caso pueden ser acumuladas en una sola acción legal, lo que resulta más económico y eficiente.
En definitiva, se trata de una Directiva que debemos valorar muy positivamente, pues facilitará, sin duda, las reclamaciones de los consumidores y las pymes que resulten perjudicadas por prácticas empresariales que restringen o pueden restringir la competencia en el mercado.