¿Por qué digo que la conocida como cláusula suelo tiene los días contados?. Dos pistas: la primera, porque ya hay dos sentencias firmes declarándolas nulas; y la segunda, porque las entidades financieras han perdido ya todo el “poder” que ejercían ante clientes que no sabían lo que firmaban.
La cláusula suelo limita la cuota mensual que paga cada cliente. Es la que hace que, a pesar de que el Euribor esté ahora en mínimos históricos, se siga pagando la misma cantidad. Esto es porque en el contrato de su hipoteca aparece la cláusula suelo.
¿Cómo afecta la cláusula suelo a cada mensualidad?.
El recibo de la hipoteca se calcula en función del Euribor más un diferencial. Si en 2008, en el máximo apogeo de la burbuja inmobiliaria, el Euribor se situaba en el 5% y el diferencial puesto por la entidad financiera es del 1%, el cliente pagaba un interés del 6%. Ahora bien, hoy el Euribor está en el 0,6%, por lo que, con el mismo diferencial (1%), el interés del préstamo se paga al 1´6%, por lo que el mismo cliente ahora pagaría un 4´4% menos en su préstamo hipotecario. Esto si no tiene cláusula suelo.
Las entidades que aplican la cláusula suelo limitan el tipo de interés entre el 12% por arriba y de hasta el 3,25% por debajo. Por lo tanto, si tomamos los datos del ejemplo anterior, nuestro cliente, a pesar de que hoy debería pagar un interés del 1´6%, con la cláusula suelo, pagaría el mínimo de ésta; es decir, el 3´25%. Más claro, si en 2008 nuestro cliente pagaba mensualmente unos 800 euros, sin la cláusula podría estar pagando ahora unos 600. Pero si tiene cláusula, no habrá bajado de los 700 (es una aproximación).
¿Por qué las entidades mantienen la cláusula suelo si hay sentencias que las anula?
Las dos primeras sentencias firmes en España que declaran nula la aplicación de la cláusula suelo las ha dictado la Audiencia Provincial de Cáceres. Obliga a Caja de Extremadura a no seguir ejecutándola sólo a los dos clientes que demandaron y a reembolsarles lo que pagaron de más en concepto de intereses y lo que no amortizaron. Estas dos sentencias no crean jurisprudencia, es decir, no da la seguridad de vencer en los tribunales a las entidades financieras. Sólo si el Tribunal Supremo dictara una sentencia declarando nula la cláusula suelo, cualquier cliente podría reclamar y la entidad bancaria tendría que claudicar.
A pesar de que Liberbank formuló recursos hasta llegar al Supremo, éste los declaró “desiertos” en dos autos (no mediante una sentencia) avalando la decisión de la Audiencia cacereña. Según la entidad, sus procuradores no se presentaron al procedimiento en el Supremo por un “error”. Si éstos hubieran acudido y el Supremo hubiera dictado sentencia a favor de los clientes, Liberbank y cualquier otro banco tendría que dejar de aplicar la cláusula suelo a sus clientes. Un riesgo que para cualquier entidad financiera es mejor no correr por las consecuencias que podría tener una sentencia en contra. Es mejor perder en los tribunales y seguir aplicando la cláusula suelo, teniendo en cuenta que cada mes se constituyen unas 45.000 hipotecas en toda España y tan sólo hay en los tribunales de todo el país un millar de demandas.
De momento, lo que le queda al cliente es negociar con el banco. Los que ya tienen hipoteca con cláusula suelo, intentar una mejora de las condiciones o demandar. El que vaya a firmar un crédito hipotecario, asegurarse de que la cláusula no aparezca en el texto antes de firmar