De nuevo será una directiva europea la que cambie la legislación interna para proteger los derechos de los consumidores. El Consejo de Ministros aprobó este viernes el Anteproyecto de Ley por la que se modifica la Ley General para la Defensa de los Derechos de los Consumidores y Usuarios. Mediante esta norma nuestra legislación se adapta a la Directiva 2011/83/UE . El objetivo no es otro que proteger al más débil. Asimismo, se refuerza la seguridad jurídica, tanto de consumidores como de empresarios que formalizan transacciones a distancia, por teléfono o internet. Sin duda se trata de una regulación necesaria, si se tiene en cuenta el importante crecimiento del comercio electrónico.
Principales novedades de la nueva norma en defensa de los consumidores:
1. Se amplía la información precontractual. Habrá que facilitarla de manera clara y comprensible a los consumidores cuando formalicen contratos a distancia.
2. Nuevas garantías en cuanto a la posibilidad de renunciar o desistir del contrato. Se amplía el plazo en el que se puede ejercer: de los 7 días hábiles actuales a 14 días naturales. En el caso de que no se hubiera informado al consumidor de que puede ejercer este derecho, el plazo queda automáticamente ampliado a 12 meses. Para mayor facilidad al consumidor, la nueva norma, además, incorporará un formulario de desistimiento común en Europa, que facilita el ejercicio de este derecho y que se tendrá que facilitar junto con la información previa al contrato.
3. Se dota a los consumidores de nuevos derechos, referidos a la forma y los plazos de entrega y el riesgo de pérdida o deterioro del bien adquirido, entre otros.
El consumidor siempre tendrá que aceptar de manera expresa que está de acuerdo con el precio final
Entre las novedades del Anteproyecto figuran medidas para evitar las denominadas “cargas encubiertas”. Así, el empresario tendrá que velar porque el consumidor, al realizar un pedido a través de Internet, confirme que es consciente de que éste implica una obligación de pago. De este modo, el usuario siempre tendrá que aceptar el precio final antes de que concluya la transacción.
Si el empresario no obtiene el consentimiento expreso del consumidor para un pago adicional al acordado y, en su lugar, lo deduce utilizando opciones por defecto, el usuario tendrá derecho al reembolso del pago.
En cuanto a los cargos adicionales que pueden derivarse de los contratos formalizados a distancia, el Anteproyecto establece nuevas reglas. Por ejemplo, en el caso de que el empresario decida habilitar una línea telefónica para comunicarse con sus clientes en relación al contrato, el uso de esta línea no podrá suponer un coste superior al de la tarifa básica.
Además, los empresarios no podrán facturar al consumidor cargos por el uso de determinados medios de pago que superen el coste al que tienen que hacer frente ellos por el uso de los mismos.
Oferta plasmada por escrito en los contratos telefónicos
En los contratos telefónicos, muy habituales en el sector de la telefonía móvil e Internet, el consumidor solo quedará vinculado una vez haya firmado la oferta o enviado su acuerdo por escrito en papel, fax, correo electrónico o SMS. Cuando la empresa se ha puesto en contacto telefónico con un usuario para formalizar el contrato, deberá confirmar la oferta por escrito o, salvo oposición expresa del consumidor, en un soporte duradero.
La oferta no será vinculante hasta que el consumidor haya firmado la oferta, o enviado su acuerdo por escrito ya sea en papel, por fax, correo electrónico o por un mensaje de SMS. De este modo, se asegura que el consumidor es plenamente consciente de lo que está aceptando al garantizarse adecuadamente que recibe la información precontractual obligatoria, algo que no es posible si el proceso completo se lleva a cabo en una única conversación telefónica.
Teléfonos de atención al cliente más baratos
En el caso de que el empresario decida habilitar un teléfono de atención al cliente, el uso de esta línea no podrá suponer un coste superior al de la tarifa básica.
Ángela Murillo Redactora de HOY.es y licenciada en Derecho En Twitter, @HOY_Angela