Patricia Moncada, la mujer que imparte justicia entre los militares extremeños | Mis líos legales - Blogs hoy.es >

Blogs

Ángela Murillo

Mis líos legales

Patricia Moncada, la mujer que imparte justicia entre los militares extremeños

 

Se abre la puerta de la sala de vistas del viejo Palacio de Justicia de Badajoz y entran tres esbeltas mujeres vestidas con impoluto uniforme militar. Una de ellas es la capitán Patricia Moncada Lázaro, la juez togado militar competente en las dos provincias de Extremadura, además de Madrid y Castilla-La Mancha (salvo Albacete). Sus dos acompañantes son la fiscal jurídico militar y la secretaria relator -equivalente a un secretario judicial-. Su llegada a los juzgados de la avenida de Colón suele causar revuelo y expectación entre los funcionarios. Como para la mayoría de ciudadanos, la justicia militar es una desconocida.
Moncada es titular del Juzgado Togado Nº 12 y se encarga de instruir los procesos contra quienes, presuntamente, comenten delitos recogidos en el Código Penal Militar. Sus procesados también pueden ser civiles, «por ejemplo si hay un delito de receptación de efectos militares».
Además, los jueces militares con sede en Madrid, como en su caso, conocen también de los delitos cometidos por los miembros del Ejército en misiones fuera del territorio nacional. La sede del Juzgado Togado Nº 12 está en Madrid y no existen dependencias en Extremadura. Cuando sus miembros tienen que practicar diligencias, «el órgano judicial se constituye en las unidades militares en Extremadura o en la sede de los Juzgados de Instrucción de la localidad correspondiente, previa solicitud al Juzgado Decano», explica.
Los delitos más frecuentes de los que se ocupa son deserciones y abandono de destino. «La jurisdicción militar está integrada en el Poder Judicial, aunque se trata de una jurisdicción especializada y limitada al ámbito estrictamente castrense, con un carácter restrictivo, tal y como se establece en la Constitución», añade la capitán.
Sus visitas desde Madrid no son frecuentes porque el número de procesos en Extremadura con personal militar implicado es relativamente pequeño. Uno de sus últimas visitas se produjo este verano.
Las tres mujeres acudieron a Badajoz para practicar «diligencias judiciales una vez detenido el personal que presuntamente participó en la sustracción del armamento de guerra en el cuartel de Bótoa», detalla. La capitán Moncada ha dirigido la investigación judicial llevada a cabo por el Grupo de delincuencia organizada de la UCO y personal de la Comandancia de la Guardia Civil de Badajoz.
Con su autorización se efectuaron registros domiciliarios y rastreos en fincas y en las aguas del Guadiana. Trabajos que dieron como resultado la localización de las armas robadas en el cauce del río. En uno de sus últimos autos, la juez togado decretaba la libertad provisional para los imputados.
Patricia Moncada se licenció en Derecho en Valladolid y después preparó las oposiciones al Cuerpo Jurídico Militar a caballo entre esta ciudad y Madrid. Desde bien joven tuvo vocación castrense. «Siempre me han gustado las Fuerzas Armadas, sus valores y tradiciones». Una vez superadas las oposiciones al Cuerpo Jurídico Militar, realizó un periodo de formación militar de tres meses en las academias de los tres Ejércitos, y por último, otro de seis de preparación jurídico militar en la Escuela Militar de Estudios Jurídicos en Madrid. A pesar de este duro proceso formativo, afirma con rotundidad no haber tenido problemas para desarrollar su carrera dentro del Ejército por ser mujer. No es la única juez militar de España. De los dieciocho Juzgados Togados Militares Territoriales del país, seis tienen a mujeres como jueces titulares.
Región poco conflictiva
Para Moncada, Extremadura no es la región militar más conflictiva. «El personal es cumplidor de sus obligaciones en muy alto grado, por lo que el número de procedimientos que generan es limitado».
Una relativa calma que se ha visto violentada por el robo de armas en la base General Menacho. En su opinión, este es «probablemente el proceso más complejo que ha instruido», por el número de imputados y por la gravedad de los delitos. «Aunque hay otros casos complejos, los que se dan fuera del territorio nacional».
De momento no hay fecha para la resolución de este caso. No es posible afirmar en cuánto tiempo habrá una sentencia sobre el asalto a la base de Bótoa. «Ya se sabe que la Jurisdicción Militar se ha inhibido a favor de la ordinaria, y a partir de ahí pueden darse vicisitudes que no permiten señalar un plazo. De momento la justicia ordinaria no ha respondido a mi inhibición. Si el juez no la admitiera, se produciría un conflicto de competencias».
La juez togado asegura que con frecuencia suelen darse conflictos de competencia entre la jurisdicción ordinaria y la militar. A veces los dos jueces se declaran competentes para conocer el mismo caso, mientras que en otras ocasiones sucede lo contrario. «Pero ello está dentro de la normalidad jurídica».
Si en el caso del robo de armas el juez ordinario no admitiera la inhibición de Moncada, sería la Sala de Conflictos de Jurisdicción la encargada de resolver el conflicto. «Está compuesta por el Presidente del Tribunal Supremo, que la preside, dos magistrados de la Sala del Tribunal Supremo del orden jurisdiccional en conflicto y dos magistrados de la Sala de lo Militar de este Tribunal, todos ellos designados por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)».
Por lo general, las penas previstas en el Código Penal Militar son más duras. «Esta agravación de las penas está plenamente justificada en atención a los bienes jurídicos que la legislación penal militar protege, en especial la disciplina y jerarquía, imprescindible para el cumplimiento de las misiones atribuidas a las Fuerzas Armadas».
Algunas formalidades y características del proceso militar cambian respecto de la justicia ordinaria. Así, la prohibición de imponer fianza cuando se acuerda la libertad provisional (es lo que ha ocurrido en el caso de los militares implicados en el robo de armas de Bótoa). Otra diferencia es «la inexistencia de la acusación popular, que incluso en el caso de la jurisdicción ordinaria se admite con carácter limitado».
En cuanto a las formas, aparte de que los miembros del juzgado visten uniforme, «la acusación está a cargo de la Fiscalía Jurídico Militar que se integra, a través de la Fiscalía Togada, en la Fiscalía General del Estado», apostilla Moncada.
Ángela Murillo
Licenciada en Derecho y redactora de HOY.es
En Twitter, HOY_Angela

Un espacio para resolver dudas jurídicas y ejercer sin engorros nuestros derechos.

Sobre el autor

Soy redactora del Diario HOY desde 2004 y actualmente trabajo en la edición digital. Soy licenciada en Periodismo por la Universidad de Navarra y en Derecho por la Universidad Carlos III de Madrid. Con 'Mis líos legales' trato de resolver las dudas jurídicas más básicas, las que nos asaltan a todos en el día a día.


octubre 2012
MTWTFSS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031