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Ángela Murillo

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Entra en vigor la tarifa plana de 50 euros para jóvenes autónomos

El Gobierno aprobó el viernes  un paquete de medidas para intentar animar la contratación de jóvenes y de paso dar un espaldarazo a parados que quieren emprender. Unas medidas que entraron en vigor ayer domingo, un día después de que el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo se publicara en el BOE. En el teléfono de información de la Seguridad Social  901 50 20 50 –de pago, por cierto- no dan mucha más información y nos remiten al texto del BOE, así que os dejo el enlace y entro a desgranar los detalles del plan. Aunque realmente lo que nos interesa a los extremeños es que la Junta de Extremadura apruebe ya su plan de autónomos, mucho más ambicioso que el nacional.

Tarifa plana de 50 euros para jóvenes autónomos

Lo más destacado del plan es la tarifa plana de 50 euros en la cotización a la Seguridad Social para menores de 30 años. Beneficia a los jóvenes que inicien una actividad por cuenta propia durante los primeros 6 meses.

Ahora habrá que ver si la previsión del Ministerio de Empleo, que calcula que la tarifa plana logre 30.000 altas adicionales netas en los cuatro años, de funcionamiento de la estrategia de emprendimiento y empleo joven 2013-2016.

Durante los 6 meses siguientes, se aplicará una reducción en la base mínima de cotización del 50%, tras los cuales, y durante los 18 meses siguientes, una reducción y una bonificación de un 30%.

En el caso de personas con discapacidad, se aplicará durante los 12 primeros meses de cotización como autónomos la tarifa  de 50 euros.  Los cuatro años siguientes, se le aplicará una bonificación del 50% de la cuota.

Compatibilización el cobro del paro con el inicio de una actividad por cuenta propia

Durante un máximo de 9 meses, la percepción de la prestación por desempleo será compatible con la situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, para menores de 30 años.

Ya se puede capitalizar el 100% del desempleo para emprender

Los beneficiarios de prestaciones por desempleo, menores de 30 años, podrán capitalizar hasta el 100% de su prestación para realizar una aportación al capital social de una sociedad mercantil, siempre y cuando se establezca una vinculación profesional o laboral de carácter indefinido.

La capitalización de la prestación por desempleo podrá utilizarse para adquirir servicios de asesoramiento, formación e información, así como para cubrir los gastos de constitución de una nueva sociedad.

Se podrá volver a cobrar el paro si las cosas vienen mal dadas

Si un desempleado decide iniciar una actividad por cuenta propia y en el plazo de 5 años causa baja, podrá reanudar el cobro de la prestación a la que tenia derecho.

Estímulos a la contratación de los jóvenes hasta que la tasa de baje del 15%

Teniendo en cuenta que en la actualidad el paro juvenil se  sitúa en el 50%, imaginamos que esta medida tendrá un largo recorrido.

•           Reducción de la cuota de la empresa a la Seguridad Social en un 75% para empresas de más de 250 trabajadores y del 100% para el resto, para la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa para menores de 30 años sin experiencia laboral previa, que provengan de sectores donde no haya demanda de empleo o que se encuentren desempleados desde hace más de 12 meses.

•           Los autónomos y las empresas de hasta 9 trabajadores se beneficiarán de una reducción del 100% de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes durante el primer año cuando contraten de forma indefinida a un desempleado menor de 30 años (incentivo por el primer contrato que realicen tras la entrada en vigor de la norma).

•           Contrato “primer empleo joven”: modificación del actual contrato eventual para contratar a menores de 30 años desempleados sin experiencia profesional previa, con incentivos a su trasformación en indefinido (bonificación de 500 euros/año durante de 3 años o 700 euros si se suscribe con mujeres).

•           Se incentiva el contrato en prácticas para el primer empleo, con el fin de que los jóvenes que han terminado su periodo formativo, puedan tener una primera experiencia laboral vinculada a su titulación. Se establecerá una reducción de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes de hasta el 50%.

•           Se promueve la contratación de personas con experiencia para su incorporación a nuevos proyectos de emprendimiento joven.

Incentivo a la contratación indefinida cuyo objetivo es estimular a los jóvenes autónomos menores de 30 años a contratar a un desempleado de larga duración, mayor de 45 años, que pueda ofrecer a la actividad la experiencia necesaria. Consiste en una reducción de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes del 100%, durante el primer año de contrato.

Incentivos a la contratación en cooperativas

•           También se han previsto incentivos para contratar en determinadas empresas. Habrá una bonificación de la cuota empresarial durante 3 años (800 euros/año) por la incorporación de menores de 30 años a las cooperativas y a las sociedades laborales en calidad de socios trabajadores.

•           Bonificación de la cuota empresarial durante 3 años (800 euros/año) por la contratación de desempleados jóvenes menores de 30 años y en riesgo de exclusión social a través de las empresas de inserción.

 

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Ángela Murillo
Redactora de HOY.es y licenciada en Derecho
En Twitter, @HOY_Angela

 

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Sobre el autor

Soy redactora del Diario HOY desde 2004 y actualmente trabajo en la edición digital. Soy licenciada en Periodismo por la Universidad de Navarra y en Derecho por la Universidad Carlos III de Madrid. Con 'Mis líos legales' trato de resolver las dudas jurídicas más básicas, las que nos asaltan a todos en el día a día.


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