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Ángela Murillo

Mis líos legales

¿Qué inquilinos no podrán deducirse el alquiler en su declaración de la Renta?

Se acabó la deducción fiscal por alquiler de vivienda habitual y muchos inquilinos están indignados. El Gobierno central anunció el año pasado que suprimiría esta ventaja fiscal para los arrendatarios y la medida ya se ha hecho efectiva. De momento afectará a inquilinos que hayan firmado su contrato después del 1 de enero de 2015. Esto supone que en 2016, cuando éstos tengan que presentar su declaración de la Renta correspondiente al presente ejercicio, no se podrán deducir las rentas abonadas al casero este año. La medida se irá aplicando a todos los arrendatarios conforme vayan renovando sus contratos.

Según estimaciones de los Técnicos de Hacienda (Gestha), la eliminación del incentivo fiscal, que suponía un respiro para las personas con ingresos más bajos, afectará a más de dos millones de personas.

A diferencia de otras comunidades, que aún tienen un respiro, en Extremadura solo se aplicaba la deducción estatal. Por lo que los inquilinos de la región no podrán refugiarse en un beneficio fiscal autonómico para compensar la supresión en el tramo estatal de su declaración, como sí ocurre en otras regiones que han decidido mantener el incentivo. Es el caso de Madrid.

La cuantía de la deducción era del 10,05% de las cantidades satisfechas en concepto de alquiler, teniendo en cuenta un tope de ingresos para beneficiarse. La suma de las bases imponibles general y del ahorro no podía ser superior a los 19.000 euros en declaración individual y a los 24.000 euros en declaración conjunta. Para algunos arrendatarios ese dinero se traducía en un ahorro equivalente a una mensualidad del alquiler.

Los caseros también pierden con el hachazo fiscal ya en vigor. Mientras se conserva la reducción del 60% para los arrendadores que alquilen sus viviendas sin importar la edad de los inquilinos, sí se suprime la deducción del 100% para quienes arrendaban sus casas a jóvenes menores de 30 años con un tope de ingresos.

Eliminando este incentivo, el Gobierno quiere equiparar la fiscalidad del alquiler a la de la compra de vivienda. Hay que recordar que quienes compraron su casa después del 1 enero de 2013 ya perdieron la posibilidad de desgravarse cantidades satisfechas por este concepto en su declaración del IRPF.

Algunos expertos consideran que este cambio fiscal contribuirá a engordar la economía sumergida. José Pacheco Castillo, socio de la asesoría fiscal Cobisem, con sede en Badajoz,  matiza esta afirmación y asegura que la Agencia Tributaria cuenta ya con muchos datos para ‘cazar’ a los evasores fiscales que no declaren sus alquileres. “Hacienda pu­ede conseguir los datos de consumo eléctrico de la compañía y tiene los datos de los alquileres firmados en años anteriores. De modo que podrá cruzar información a través de las referencias catastrales que indican los contribuyentes. Atando cabos podrá comprobar si un alquiler que antes se declaraba ha dejado de declararse por la eliminación de esta ventaja fiscal”.

Pacheco Castillo opina que estas deducciones se regularon hace unos años para aflorar el parque de viviendas en alquiler que permanecía opaco en la economía sumergida. “Una vez que el Gobierno ya lo tiene controlado, solo tiene que cruzar datos y atar cabos”. Habrá personas que piensen que no les van a descubrir, “pero que nadie se extrañe, porque Hacienda dedica muchos recursos al fraude de poca monta, en lugar de centrar más esfuerzos en los grandes evasores fiscales”.

 

Ángela Murillo
Redactora de HOY y licenciada en Derecho

 

 

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Sobre el autor

Soy redactora del Diario HOY desde 2004 y actualmente trabajo en la edición digital. Soy licenciada en Periodismo por la Universidad de Navarra y en Derecho por la Universidad Carlos III de Madrid. Con 'Mis líos legales' trato de resolver las dudas jurídicas más básicas, las que nos asaltan a todos en el día a día.


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