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Antonio Márquez

Moteros de Hoy

Uso de la moto durante la desescalada

Poco a poco volveremos a nuestras actividades, y entre ellas el uso de la motocicleta.

Algunos ya en “fase 0” pudieron hacer uso de ella, pues la utilizaban para ir al trabajo o para otras cuestiones que estuvieran autorizados a desplazarse, pero no por ocio y sin acompañante, salvo determinados casos de necesidad.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) concreta cuáles son las condiciones para evitar posibles contagios por coronavirus que tenemos que cumplir a la hora desplazarnos en vehículos ligeros que no disponen de habitáculo cerrado.

En la “fase 1” ya se nos permite desplazarnos para visitar familiares y amigos, en reuniones de un máximo de 10 personas, con la limitación de no salir de la provincia, y ya podemos llevar un pasajero. También podemos circular en grupo pero no superando las diez personas y dejando las distancias de seguridad (dos metros entre personas, una vez bajados de la motocicleta y diez metros entre vehículos).

En el caso de circular solo se puede hacer uso de cualquier tipo de casco homologado y no es necesario el uso de mascarilla. Si llevamos acompañante la Ley nos da dos modalidades: Si es una persona conviviente no es necesario el uso de mascarilla y se puede hacer uso de cualquier casco homologado. En caso de no ser conviviente debemos de utilizar un casco integral con visera, y caso de llevar un casco abierto debemos hacer uso de mascarilla.

La Ley también nos habla del uso de guantes, si vamos solos y con nuestra moto lo deja a nuestra elección, aunque es recomendable hacer uso siempre de guantes al conducir una motocicleta, para evitar daños ante una eventual caída. En caso de hacer uso de un vehículo con manillar y ser de uso compartido, se debe hacer uso de guantes. Cuando llevemos a pasajero, el pasajero debe hacer uso de guantes. Los guantes pueden ser los habituales de motocicletas.

A la espera de nuevas fases que nos dejen más permisividad, estas medidas de seguridad se aplican para todos aquellos desplazamientos que se efectúen dentro de la provincia, isla o área sanitaria en la que se resida así como también han de cumplirse si se hace un viaje entre provincias por causa de fuerza mayor, debido a motivos laborales, médicos u otra razón de imperiosa necesidad, los supuestos permitidos a los que atiende el Real Decreto 463/2020 por el que se declaró el estado de alarma en España a causa de la emergencia sanitaria del coronavirus.

Saludos y ráfagas.

Las motos y los moteros de Comunidad Blogs Hoy.es

Sobre el autor

Moteros de Hoy es un blog del Licenciado en Comunicación y motero Antonio Márquez. A través de él tratará de tener al día tanto a moteros como a aficionados a las motos. Twitter: @MoterosdeHoy


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