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Hacienda podría tener que devolver impuestos cobrados por determinadas herencias

Justicia podría obligar a devolver impuestos sobre herencias cobrados de forma indebida.

Justicia podría obligar a devolver impuestos sobre herencias cobrados de forma indebida.

Hace tiempo que la Comisión Europea demandó a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por la vulneración del derecho comunitario en que incurre el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones al discriminar a los no residentes en España. La noticia es que pronto habrá sentencia, y, según los expertos, parece ser que será condenatoria.

Ya les expliqué en nuestro post del pasado 10 de septiembre de 2013  los motivos por los que existen desigualdades en los impuestos que soportamos según se resida en una comunidad autónoma o en otra.

Sin duda el ejemplo más conocido es el del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que tiene una normativa básica estatal y las comunidades autónomas tienen capacidad para aumentar o disminuir la cuota resultante de la aplicación de esta normativa.

Todas han venido estableciendo medidas para disminuir el impuesto hasta el punto de que, por ejemplo, existe una práctica supresión del mismo en Madrid, mientras que en Extremadura las reducciones afectan exclusivamente a las herencias de cuantía más baja.

El Impuesto se paga en la comunidad en que residiera el fallecido, de manera que todos los herederos aplicarían los mismos beneficios aunque residan en comunidades autónomas distintas.

Sin embargo, existe una excepción que es la que ha motivado la demanda de la Comisión Europea. Efectivamente, si uno o varios de los herederos no residen en España, la competencia para recaudar el tributo corresponde al Estado, el cual aplica su normativa, y no la de la comunidad autónoma de residencia del fallecido, de manera que en el caso de dos hermanos que heredan por partes iguales, pero uno de ellos reside fuera de España, este último pagará mucho más que el otro al no poder aplicar las reducciones y bonificaciones de la comunidad autónoma.

Y no se trata de casos aislados. Muchos españoles han ido a buscar trabajo fuera de nuestras fronteras, especialmente en estos últimos años y tenemos en España muchos ciudadanos europeos que decidieron residir en España una vez jubilados, mientras sus hijos permanecen en sus países de origen.

Si finalmente se confirma que la sentencia declare la normativa española como discriminatoria para los no residentes, las consecuencias serían evidentes. Se abriría la posibilidad de pedir la devolución del impuesto pagado para quienes no les haya prescrito esta posibilidad, con los intereses correspondientes al 5% anual. Si se concreta la devolución, quien pagó en su día hizo una buena “inversión”, pues recupera el capital, actualizado por un buen tipo de interés.

Blog jurídico de Garrigues en Extremadura

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