Una sentencia más a favor de los empleados públicos que debe hacer recapacitar al Gobierno Central para que devuelva los derechos adquiridos que hurtó a los funcionarios el 15 de julio de 2012, los días de permiso por antigüedad adquiridos con anterioridad al 15 de julio de 2012, los llamados “canosos”.
Así, el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 6 de Bilbao ha dictado, recientemente, una sentencia en la que ha reconocido en la Ertzaintza el derecho a disfrutar de estos días de permiso. Una decisión que debería extenderse al resto de empleados públicos de todo el Estado aunque, con los antecedentes que existen para la devolución completa de la paga extra a los funcionarios de la Administración de Justicia, tendremos que plantear demandas en los juzgados de cada provincia española para pedir la extensión de la sentencia.
El Ejecutivo central está retrasando, todo lo que puede, con mil argucias legales, el pago de lo que nos quitó de forma ilegal, pero este nuevo fallo judicial le ha dejado sin argumentos para mantener el recorte de esos días.
Este asunto de los “canosos” es igual al caso de la paga extra, que ha hecho que numerosos tribunales hayan dado la razón a las demandas planteadas por los representantes de los trabajadores. Si la Justicia ha dicho que los empleados públicos tienen que cobrar la parte devengada de la paga extra, lo que ha llevado a las administraciones a formalizar acuerdos de compromiso de pago, parece claro que los tribunales, por las mismas razones, también reconocerán el derecho a disfrutar de los días festivos de antigüedad, arrebatados de manera injusta e ilegal
Como dato, el sentido de la sentencia del juzgado de Bilbao es que declara que no ha lugar al disfrute de mayores días adicionales a las vacaciones derivados de la antigüedad no adquiridos a fecha 15 de julio de 2012. Pero declara que si ha lugar al disfrute de los días de vacaciones adicionales que se hubieren adquirido a fecha 15 de julio de 2012, fecha de la entrada en vigor del RDL 20/2012.
En definitiva, a la luz de este fallo judicial se pueden disfrutar los días de antigüedad que ya teníamos ganados hasta el 15 de julio de 2012, pero no los que se vayan generando después de esa fecha.